El motivo de la polémica fiscal de Màxim Huerta: la tributación como sociedad y no como persona física

cuatro.com 13/06/2018 13:47

Màxim Huerta podía tributar como persona física, lo que suponía un 48% de sus ingresos o como sociedad unipersonal, que tributa al 25%. En el año 2006, creó la sociedad Almáximo profesionales de la imagen S.L., como era habitual entre artistas, presentadores o deportistas.

Pero además de tributar al 25%, tener una sociedad permite desgravar gastos y este quizá es el punto más polémico. La tributación al 25% más las desgravaciones hacen que disminuya el total de lo que el presentador pagaba a Hacienda: en total, pagó un 2.6% de lo que Hacienda le reclamaba.

Finalmente, los tribunales le condenaron a pagar por infracción fiscal con el argumento de que su conducta fue “culpable” y que la buena fe o inexistencia de culpa presumida por la ley “queda destruida por la prueba de que ha actuado, cuando menos, negligentemente” con el resultado de “eludir el cumplimiento de sus obligaciones fiscales tributarias en perjuicio del erario público".

Se trata de una infracción fiscal ya que se considera delito de fraude a partir de los 120.000 euros defraudados por cada ejercicio.

Pablo Iglesias ya ha pedido la dimisión del ministro de Cultura que, sin embargo, explica que no cometió delito y que sus obligaciones tributarias llevan al corriente diez años.