Los detalles de la celebración de la Constitución del 78, la más longeva de nuestra historia
El Congreso se convierte de nuevo en un cúmulo de gestos de reproche y falta de unidad.
Ni indepedentistas ni nacionalistas han estado presentes, tampoco el líder de Vox, en el homenaje a la Constitución.
Y desde hoy, la Constitución de1978 se convierte en la más longeva de la historia de nuestro país. Hasta hoy la más longeva era la de 1876, la de Alfonso XII tras la caída de la primera República, pero la del 78 cumple hoy un día más: 17.240.
Desde la primera, la de Cádiz de 1812, la Pepa, hemos tenido 8 Constituciones:
Constitución de Cádiz ("La Pepa") (1812)
Promulgada el 19 de marzo de 1812 durante la Guerra de Independencia contra Francia, fue la primera constitución española y un referente del liberalismo europeo. Estableció principios fundamentales como la soberanía nacional, la división de poderes, el sufragio indirecto masculino, y derechos fundamentales como la libertad de imprenta. Supuso un hito en la historia constitucional, aunque tuvo una aplicación limitada debido al regreso del absolutismo con Fernando VII, quien la derogó en 1814, aunque volvió a estar vigente entre 1820 y 1823 (el Trienio Liberal).
La Constitución se aprobó en el marco de la Guerra de la Independencia (1808 a 1814), y fue la respuesta del pueblo español a las intenciones invasoras de Napoleón Bonaparte que, aprovechando los problemas dinásticos entre Carlos IV y Fernando VII, aspiraba a constituir en España una monarquía satélite del Imperio, como ya había hecho con Holanda, Alemania e Italia, destronando a los Borbones y coronando a su hermano José Bonaparte.
La separación de poderes, la más rígida de nuestra historia, siguió el modelo de la constitución francesa de 1791 y la de los Estados Unidos, lo cual impidió el nacimiento del régimen parlamentario en España. La Constitución no incorporó una tabla de derechos y libertades, pero sí recogió algunos derechos dispersos en su articulado, como la libertad personal o el derecho de propiedad. Sin embargo, el texto proclama a España como Estado confesional, no reconociendo la libertad religiosa. En lo que a los órganos constitucionales se refiere, la Constitución de Cádiz dedicaba atención especial a las Cortes, al Rey y a sus Secretarios de despacho o Ministros.
Las Cortes se organizaban en una Cámara única, pues se temía que el clero y la nobleza consiguieran apoderarse de una Asamblea de Próceres, obstaculizando la renovación política, social y económica que se pretendía operar.
Estatuto Real (1834)
Aunque técnicamente no era una constitución, fue una carta otorgada durante la regencia de María Cristina de Borbón. Introdujo un sistema bicameral con un Estamento de Próceres (aristocracia) y un Estamento de Procuradores (burguesía), marcando un nuevo paso hacia el constitucionalismo. Su carácter moderado reflejaba el intento de equilibrar las tensiones entre absolutistas y liberales.
El Estatuto Real fue una carta otorgada flexible, breve e incompleta. De tan sólo 50 artículos, que regulaban la organización de las Cortes, sus funciones y sus relaciones con el Rey, no recogía ningún título dedicado a la Monarquía ni a sus Ministros y, sobre todo, no contenía una declaración de derechos fundamentales del ciudadano. Se trató de una Carta Otorgada, similar a la concedida por Luis XVIII a los franceses en 1814. Es decir, una dejación voluntaria de poderes por parte de la Corona, que se vio obligada por las circunstancias a transferirlos a otros órganos.
El Estatuto Real significó el fin definitivo del Antiguo Régimen en España e introdujo las instituciones y mecanismos parlamentarios que existían en los Estados europeos políticamente más avanzados de aquel tiempo.
Constitución de 1837
Aprobada tras la victoria liberal en la Primera Guerra Carlista, consolidó el modelo de soberanía nacional y un sistema parlamentario bicameral. Aunque de carácter progresista, buscó un consenso entre moderados y progresistas para estabilizar el país. Fue clave para limitar el poder real y abrir camino a reformas importantes. La Constitución articuló el principio de separación de poderes de forma flexible, permitiendo así la colaboración entre el Gobierno y las Cortes.
Asimismo, la Constitución incorporó, por vez primera en nuestra historia constitucional, una declaración sistemática y homogénea de derechos. Entre los derechos que entonces se recogieron figuran la libertad personal, la inviolabilidad del domicilio, la libertad de expresión, las garantías penales y procesales, el derecho de petición, la igualdad el acceso a los cargos públicos y, por supuesto, las garantías del derecho de propiedad.
El régimen que instauró la Constitución de 1837 fue el de una Monarquía constitucional. Por un lado, reforzaba los poderes del Rey, ratificando las facultades, que ya preveía el Estatuto Real, de convocatoria y disolución de las Cámara, así como el derecho de veto. Pero, a la vez, subrayaba el carácter limitado de la Monarquía, a través del principio de inviolabilidad del Rey, que determinaba la necesidad de refrendo ministerial para la eficacia de sus decisiones, con el contrapeso de que era el monarca quien nombraba y separaba libremente a los ministros del Gobierno.
Constitución de 1845
Impulsada durante el reinado de Isabel II, representó un giro hacia posiciones conservadoras. Centralizó el poder administrativo, restringió el sufragio y otorgó amplias competencias a la monarquía, reduciendo la capacidad legislativa de las Cortes. Fue un reflejo del dominio moderado en esta etapa de la historia.
En el texto de 1845 ya no aparece, como en las Constituciones de 1812 y 1837, la formula revolucionaria de la soberanía de la nación, sino que se revierte a la fórmula tradicional histórica de la soberanía compartida por las Cortes y el Rey.
Sobre esta base, se articulaba el dominio de la Corona sobre las demás instituciones a través de la prerrogativa fundamental de poder nombrar al Jefe de Gobierno, entregándole al mismo tiempo el poder de disolución de las Cortes. Se pretendía que fuera un instrumento regio moderador, pero en realidad, y como los propios hechos se encargarían de demostrar, vino a favorecer situaciones políticas partidistas, siendo ésta una de las principales causas de las sucesivas crisis de gobierno y, al final, de la degeneración misma del sistema.
Constitución de 1869
Aprobada tras la Revolución Gloriosa, fue la más democrática de su tiempo. Estableció la soberanía nacional, el sufragio universal masculino y derechos fundamentales como la libertad de culto. Fue el marco legal de la breve monarquía de Amadeo I, y también estuvo parcialmente en vigor durante la Primera República.
Constitución de 1876
Adoptada tras la Restauración borbónica con Alfonso XII, fue una constitución flexible que permitió la alternancia en el poder entre conservadores y liberales mediante el sistema de turno pacífico. Reconoció derechos individuales, aunque con limitaciones, y mantuvo un sistema parlamentario bajo una monarquía constitucional. Es hasta la fecha la que más tiempo ha estado en vigor, durante 47 años: fue finalmente suspendida en 1923, tras el golpe de Estado de Miguel Primo de Rivera con el beneplácito del rey Alfonso XIII.
Constitución de 1931
Promulgada tras la proclamación de la Segunda República, marcó un cambio radical hacia un sistema democrático, progresista y laico. Incluía derechos sociales avanzados, la separación de Iglesia y Estado, el sufragio universal femenino (por primera vez en España), y reconocía la autonomía de las regiones. Sin embargo, y pese a sus avances, la falta de consenso social en su aprobación y la profunda división ideológica de la época contribuyeron a la polarización en España, lo que debilitó su capacidad para consolidar un sistema democrático estable.
La Constitución de 1931 es un texto de extensión media, ya que consta de 125 artículos, agrupados en nueve títulos, más uno preliminar. Los principios políticos que inspiran la Constitución de 1931 son: la democracia, el regionalismo, el laicismo y la economía social. El carácter democrático de la Constitución se refleja en la proclamación sin ambages de la soberanía popular, que se consagra en el sufragio universal, así como en las formas de democracia directa y en las instituciones representativas.
Este elemento democrático tiene su expresión en la composición de las Cortes, que se eligen por sufragio universal igual, libre, directo y secreto. La Constitución republicana reconoce por primera vez el voto de la mujer en condiciones de igualdad con el hombre. Entre las facultades de las Cortes se encuentran la potestad legislativa, el control del Gobierno a través de la moción de censura y el nombramiento del Presidente de la República, que se realiza conjuntamente con un número de compromisarios elegidos por los ciudadanos.
En lo que a la distribución de los poderes se refiere, los constituyentes de 1931 fortalecieron al Parlamento frente al Ejecutivo y a la Jefatura del Estado.
El Presidente de la República tiene conferidas atribuciones muy relevantes en el sistema institucional. El Presidente nombra al Jefe del Gobierno y, a su propuesta, a los restantes ministros, dispone de la facultad de disolución del Parlamento y, finalmente, tiene importantes competencias en el proceso de aprobación de las leyes. Así, si los proyectos de ley no son declarados urgentes por el Parlamento, pueden ser devueltos a la Cámara para una nueva deliberación. Este mecanismo se convierte en una especie de veto suspensivo que sólo puede ser superado por las propias Cortes si vuelven a aprobar la ley por mayoría de dos tercios.
La cuestión religiosa había venido siendo un problema disgregador y polarizador en toda nuestra historia constitucional. En este ámbito, el artículo tercero de la Constitución afirma que "el Estado no tiene religión oficial", proclamando por tanto la abstención de los poderes públicos en el orden religioso, en contraposición con las constituciones anteriores que habían proclamado la unidad religiosa. El artículo 27 establece la libertad de conciencia y de culto. Resultó especialmente polémico el artículo 26, que suprimía todo apoyo económico estatal a la Iglesia Católica y a las órdenes religiosas, que pasaban a tener la condición de asociaciones, prohibiéndoseles el ejercicio de la enseñanza.
La Constitución de 1931 ha sido una de las más polémicas de nuestra historia. Mientras que para unos fue "la más terminante y rigurosa expresión del realismo español" para otros representó "un modelo teórico y doctrinal" que no tomó suficientemente en cuenta a la sociedad de su época
Fue derogada tras la Guerra Civil y el inicio del franquismo.
Constitución Española de 1978
Redactada tras la Transición, consolidó España como un Estado social y democrático de derecho. Estableció la monarquía parlamentaria, amplios derechos y libertades, y un sistema de comunidades autónomas.
A ese principio corresponde la declaración de derechos y libertades que le sucede, así como al pluralismo de la moderna sociedad española corresponde la declaración de que "ninguna confesión tendrá carácter estatal", aunque “los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones".
En el mismo sentido vale la pena subrayar la posición transaccional de la Constitución de 1978 en dos cuestiones clave como son de la libertad de enseñanza y la libertad de empresa: ambos principios son proclamados explícitamente, pero con patente apertura a criterios muy diversos en su aplicación.
En cuanto a los instrumentos de gobierno, la Monarquía es aceptada en su modalidad parlamentaria y obviamente entendida como forma de Estado más que como forma de Gobierno, de acuerdo con la doctrina constitucional contemporánea, que sitúa a la Corona en la esfera de la influencia y el prestigio más que en la de los poderes políticos específicos.
De lo dicho se desprende que el protagonismo político estricto corresponde al Gobierno, que la Norma Fundamental constitucionaliza de manera plena, juntamente con las Cortes Generales, formadas por el Congreso y el Senado, en los que el pueblo aparece representado por los partidos políticos, que por primera vez figuran explícitamente en una constitución.
La gran novedad de la Constitución de 1978 es el reconocimiento pleno de las Comunidades Autónomas a las que se refiere ya en su artículo segundo, según el cual la Constitución se fundamenta en "la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran". A diferencia de lo que sucedió con la Segunda República, en la que sólo llegaron a aprobarse varios Estatutos de Autonomía, en las últimas décadas se ha generalizado el proceso de descentralización política y administrativa iniciado en 1978, existiendo en la actualidad diecisiete Comunidades Autónomas plenamente consolidadas.
Esta nueva articulación territorial del Estado incide en el diseño constitucional de las Cortes Generales, compuestas por el Congreso de los Diputados y el Senado. El primero tiene la primacía como órgano legislativo y político. La relegación en estos aspectos del Senado a un segundo puesto tiene su compensación en la función que naturalmente le corresponde como Cámara de representación territorial o de las Autonomías.
La Constitución de 1978 cuenta con un hecho único en toda nuestra historia constitucional, de que no solamente ha sido aceptada por todos, sino elaborada prácticamente por todos.
Es la constitución vigente y uno de los principales pilares de la democracia en España. Ya ha cumplido 47 años y dos meses.
Por eso hoy, los reyes han presidido en el Congreso un acto institucional para celebrar la constitución más longeva en un momento en el que tiene menos apoyo en el parlamento, informa María Galán. Precisamente, el menor apoyo viene de los socios del Gobierno de España.
Tan importantes han sido las asistencias, como las ausencias. Ni indepedentistas ni nacionalistas han estado presentes, tampoco el líder de Vox, Santiago Abascal, ha acudido este acto. Sí lo ha hecho su formación, sólo eso sí, en el hemiciclo, no han querido estar en la posterior exposición, informa María Galán.
Como habían anunciado, del acto se han 'borrado' los representantes de los partidos independentistas y nacionalistas (ERC, Junts, PNV, Bildu y BNG), que no han estado en el hemiciclo al no ver motivo para celebrar la Constitución.
A la ceremonia ha acudido casi todo el Gobierno, con Pedro Sánchez al frente, y sólo han faltado los ministros de Economía, Carlos Cuerpo; de Defensa, Margarita Robles; de Derechos Sociales, Pablo Bustinduy; y de Infancia, Sira Rego.
Junto a todos ellos también han tenido un papel relevante en el Salón de Plenos algunos diputados y senadores de la Cortes Constituyentes y figuras de la Transición, entre los que se encontraba el expresidente del Gobierno Felipe González, Ramón Tamames, Juan Carlos Rodríguez Ibarra o Rodolfo Martín Villa, entre otros. Todos ellos han sido ubicados en sillas en el foso del hemiciclo.
En la tribuna de invitados a la ceremonia también se encontraba el expresidente José María Aznar, quien ha estado charlando animadamente con la presidenta del Consejo de Estado, Carmen Calvo, y buena parte de los expresidentes del Congreso, como Ana Pastor (PP), Federico Trillo (PP), Luis Fernanda Rudi (PP) o Meritxell Batet (PSOE), y del Senado, como Esperanza Aguirre (PP), Javier Rojo (PSOE) o Ander Gil. Como viene siendo habitual, también se ha podido ver entre el público al padre Ángel.
Felipe y Sánchez se dan un gélido saludo
Cada uno por un lado entraban ambos al Congreso. Hablamos de Felipe González y Pedro Sánchez tras declarar el primero que votará en blanco y no al PSOE, con el que se dice no sentirse representado bajo este liderazgo. Del mismo partido, pero en extremos opuestos, todas las miradas pendientes de si habría o no saludo. Finalmente sí, pero el mínimo que marca el procolo. Un frío apretón de manos y ni una sola palabra entre Pedro Sanchez y Felipe Gonzalez. Saludo parecido, igual de frío, el que ha habido entre Sanchez y Feijóo.
Podemos no aplaude al rey y luce la camiseta: Y cumplirla, pa'cuándo?
Los diputados de Sumar y Podemos no han querido aplaudir este martes el discurso que el Rey Felipe VI ha pronunciado en el Salón de Plenos del Congreso con motivo del homenaje que las Cortes Generales han rendido a la Constitución de 1978.
Solo los ministros de Sumar se ponen de pie ante el Rey, sus diputados, no
Sí han aplaudido los ministros del grupo plurinacional presentes en el hemiciclo, encabezados por la vicepresidenta Yolanda Díaz. Es más, los parlamentarios de Sumar han declinado incluso ponerse en pie cuando el Jefe del Estado entraba en el hemiciclo, algo que sí han hecho los cuatro diputados de Podemos para mostrar su camiseta con el lema "Y cumplirla, pa'cuándo?", en referencia a los artículos de la Carta Magna que en su opinión no cumplen.
Al contrario que sus diputados, los ministros de Sumar, el ala minorista del Gobierno, sí que han mostrado su respeto al Rey poniéndose en pie a su entrada en el Salón de Plenos y respaldando con su aplauso sus palabras y el 'Viva el Rey' que se ha escuchado al término de la ceremonia.
A Armengol no la aplaudieron ni el PP ni Vox ni Podemos
Antes del Rey, ha tomado la palabra la presidenta del Congreso, la socialista Francina Armengol, cuyo discurso no ha sido aplaudido por buena parte del PP, ni por Vox --entre los asistentes no estaba su presidente, Santiago Abascal-- ni tampoco por Podemos.
Vítores al Rey e improperios a Sánchez
De fondo se escuchaban los vítores al Rey de ciudadanos congregados frente al Congreso, que también han reclamado elecciones anticipadas e incluso han lanzado improperios cuando el presidente Sánchez ha entrado en el Patio de Floridablanca.
El presidente del Gobierno llama a defenderla ante cualquier amenaza
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha pedido este martes seguir defendiendo la Constitución "frente a cualquier amenaza", a fin de garantizar los derechos y libertades que se recogen en ella. Así lo ha asegurado en un mensaje que ha publicado en la red social X, tras asistir al acto que se ha celebrado en el Congreso para conmemorar la Constitución de 1978, que ha presidido el rey y en el que también ha intervenido la presidenta de la Cámara Baja, Francina Armengol. "Frente a cualquier amenaza, debemos seguir hoy defendiéndola y garantizando los derechos y libertades en ella recogidos. Por nuestra democracia", ha escrito en la citada red social.
