La brecha salarial entre hombres y mujeres supera el 30% en la empresa privada
La norma europea de transparencia salarial llegará con retraso a España.
Nueva Ley de Transparencia Salarial: la Directiva europea que obliga a revisar salarios, ofertas de empleo y sistemas de RR.HH
La norma europea de transparencia salarial llegará con retraso a España. Se trata de una medida para reducir la brecha de género aportando información sobre cómo se fijan los salarios.
La directiva tenía que estar transpuesta esta semana, no lo ha hecho y aunque el Gobierno dice que está en sus prioridades habrá que esperar para al entrada en vigor de esta norma que permitirá conocer y comparar los salarios medios de trabajadores que realizan funciones de igual valor. Las empresas tendrán que explicar los criterios objetivos por los que se fijan aumentos o complementos. Y este concepto, los complementos, explica en gran medida más que el salario base, la brecha de género entre trabajadores del mismo perfil.
La realidad es que se mantiene la brecha entre hombres y mujeres con trabajos similares. Según un estudio de Comisiones Obreras, existe una brecha del 11% para trabajadores con igual formación, contrato y tarea. En general, entre hombres y mujeres, la brecha es el del 20,5%. Mucho más alta, superior al 30%, en el sector privado. En el público no llega al 9%. El principal motivo de la desigualdad salarial tiiene que ver con las horas de trabajo ya que las mujeres ocupan mayoritariamente los empleos a tiempo parcial.
No es la única razón que justifica esta brecha. Ellas son mayoría también en los sectores y actividades con los salarios más bajos. Y hay un componente, no medible, que tiene que ver con los efectos de la maternidad, los cuidados y la discriminación. Hay consenso en que España tiene ya una de las legislaciones más avanzas de Europa para mitigar la desigualdad salarial, pero los sindicatos confían en que la directiva europea sirva para reducirla porque otros instrumentos para cerrar la brecha, como la subida del SMI, ya están perdiendo fuerza.
El 7 de junio expiraba el plazo para transponer la directiva europea
El 7 de junio expiraba el plazo de tres años que tenía España para transponer la directiva de igualdad retributiva y transparencia salarial, que obliga a las empresas a explicar las diferencias salariales entre hombres y mujeres que superen el 5 % y que busca endurecer las sanciones por incumplimiento. España se expone ahora a un procedimiento de infracción que podría terminar en una multa.
Trabajo subraya que en España "se han intensificado los esfuerzos para hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato y no discriminación entre mujeres y hombres en materia retributiva, desarrollándose mecanismos para identificar y corregir la discriminación en este ámbito". Y recuerda que se han introducido instrumentos concretos como el registro retributivo, los planes de igualdad y las auditorías salariales, obligatorios en empresas de 50 o más personas trabajadoras.
Puntos clave de la directiva
La directiva europea obliga a todas las compañías a publicar el rango salarial o salario inicial con criterios objetivos y neutros respecto al género, tanto en el sector público como en el privado y con independencia del tipo de contrato o relación laboral.
Además, los trabajadores podrán solicitar información escrita sobre su salario individual y el medio, desglosados por sexo, de las personas que realizan el mismo trabajo o uno de igual valor.
El empleador no podrá preguntar al aspirante a un puesto de trabajo sobre su historial retributivo y deberá garantizar que los anuncios de vacantes sean neutros respecto al género, así como asegurar un proceso de contratación no discriminatorio.
La empresa deberá realizar reportes periódicos de diferencias salariales (equivalente al registro salarial actual) y explicar las diferencias salariales entre hombres y mujeres que superen el 5 % (frente al umbral del 25 % actual), así como adoptar medidas correctoras.
La directiva habla de indemnizar como mínimo por los últimos tres años de incumplimiento, lo que choca con la legislación española actual que solo permite reclamar salarios del último año, con lo que será necesaria una modificación de la ley de infracciones y sanciones en el orden social.
España parte con una legislación avanzada
"España partía con la legislación más ambiciosa y avanzada de toda la UE en estos temas", señala a EFE la responsable del área laboral de Mercer, Gloria Vilar, que incide en que ningún país europeo va a cumplir el plazo. La transposición de la directiva, que "busca una mayor transparencia para evitar discriminaciones", conlleva cambios en leyes importantes como el Estatuto de los Trabajadores o la Ley de infracciones, explica Vilar, en un contexto de cambios legales complicado por la aritmética parlamentaria.
Entre los cambios más relevantes, Vilar subraya el recorte de la brecha salarial, del 25 % al 5 %, que exige la obligación de dar explicaciones y fijar medidas correctoras, así como el incremento de las sanciones y el hecho de que la legislación se aplique a todas las empresas y no sólo a las de más de 50 trabajadores. "Las grandes empresas ya cumplen con el grueso de las obligaciones el mayor cambio será para las pymes", añade.
Los sindicatos reclaman negociar los cambios
Para los sindicatos, es necesario abrir una mesa de diálogo social para abordar la transposición de una directiva que, coincide, contiene partes ya recogidas en la normativa española. Así lo explica a EFE la secretaria de Mujeres, Igualdad y Condiciones del Trabajo de CCOO, Carolina Vidal, quien lamenta el retraso del Gobierno a la hora de llevar este asunto al diálogo social, aunque asegura que "hay predisposición política". Vidal explica que algunas exigencias europeas ya se transpusieron en el registro retributivo, por lo que es necesario ver "qué queda por hacer y cómo lo vamos a hacer".
"Es una norma clave para luchar contra la discriminación en los salarios", señala Vidal, que apunta que la desigualdad viene fundamentalmente de salarios pactados individualmente, es decir, por pluses voluntarios y complementos fuera de convenio colectivo.
