El nuevo control no afectará a pagos entre particulares por gastos cotidianos, pero sí pondrá el foco en autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de pago
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Desde que, hace diez años, Bizum irrumpió en nuestra vida cotidiana, se ha convertido en un método de pago prácticamente omnipresente. Es rápido, sencillo y gratuito para la mayoría de usuarios: solo se necesita un número de móvil para enviar o recibir dinero gratuitamente en segundos.
Pero ese auge no ha pasado desapercibido para la Agencia Tributaria. Desde 1 de enero de 2026, han entrado en vigor cambios importantes en la manera en la que Hacienda supervisa los pagos electrónicos, con el objetivo de aumentar la transparencia fiscal y combatir el fraude.
Aunque la normativa no implica que Hacienda vaya a “espiar” los pagos personales entre amigos y familiares, sí que introduce obligaciones nuevas para las entidades financiera y de pago, y refuerza el control de los ingresos que llegan por esta vía a autónomos, pymes y profesionales.
Un cambio de paradigma: lo digital ya no pasa desapercibido
Hasta ahora, las operaciones con Bizum, y otros medios digitales, eran en gran parte invisibles para Hacienda, a menos que superaran ciertos umbrales de información. Antes, solo se informaban los pagos con tarjeta o Bizum si superaban los 3.000 euros, o si se trataba de posiciones amplias en cuentas al cierre del ejercicio.
A partir de 2026, con la entrada en vigor del Real Decreto 253/2025, estas barreras desaparecen. No importa la cuantía: los bancos, entidades de pago y emisores de dinero electrónico deberán informar a la Agencia Tributaria de todos los cobros realizados a través de Bizum, tarjetas o cualquier otro medio digital, mensualmente y sin límite mínimo, sí que están vinculados a actividades económicas.
Este cambio es relevante porque supone que los ingresos que reciban autónomos y empresas a través de Bizum, aunque sean pequeños, ya no podrán ocultarse con facilidad ante Hacienda.
¿Qué es exactamente lo que se reportará?
Según fuentes oficiales y análisis de especialistas, la información que las entidades bancarias y plataformas de pago deberán remitir incluye:
- Todos los ingresos recibidos por Bizum que puedan corresponder a actividades económicas.
- Las transacciones ya no quedarán bajo el radar por ser el importe bajo o intermitentes: ahora todas cuentan si están relacionadas con ingresos empresariales o profesionales.
- La información se remitirá cada mes, en lugar de registrarse solo de manera anual por encima de ciertos límites.
Hacienda podrá cruzar estos datos con lo que se ha declarado de IRPF, IVA y el Impuesto sobre Sociedades, lo que plantea un nuevo nivel de trazabilidad de los ingresos digitales.
¿Este control abarca todos los Bizum de todos los usuarios?
No. Este es uno de los puntos más importantes para evitar alarmismos innecesarios. Los pagos entre particulares, no tienen que ser declarados ni serán reportados por Hacienda, siempre que no exista una actividad económica detrás.
De hecho, tanto Hacienda como Bizum han insistido en que no es cierto que cobrar 50 euros o 200 euros de un amigo por una cena vaya a desencadenar inspecciones fiscales u obligaciones de declarar algún tipo de donación.
El foco del nuevo control está en los ingresos que estén vinculados a actividades económicas, es decir, solo en aquellos pagos que parecen corresponder a ingresos de negocio, servicios o ventas que deberían estar declarados.
Por otro lado, los autónomos, profesionales y pymes tendrán que declarar todos los ingresos recibidos por Bizum que deriven de una actividad económica en el IRPF, IVA o el Impuesto de Sociedades. El umbral de los 3.000 euros se elimina, y ahora muchas de las transacciones que antes escapaban, estarán vigiladas. Por último, los bancos y plataformas tendrán que remitir información de manera más periódica y más exhaustiva.
Esto hace que la herramienta deje de ser una vía opaca para recibir ingresos que luego no se declaran. De esta forma, Hacienda pretende reforzar la transparencia fiscal y reducir la economía sumergida.
Los patrones que vigilará Hacienda serán los ingresos recurrentes o sistemáticos incluso si son pequeños, pagos repetidos al mismo receptor que puedan parecer corresponder a servicios o ventas regulares y volúmenes de ingresos que no coinciden con lo que se ha declarado previamente. Esto no quiere decir que haya un “espionaje masivo”, sino que se busca detectar posibles discrepancias fiscales.
¿Qué pasa cuando no se declaran los ingresos recibidos por Bizum?
Aunque el control es más exhaustivo, es importante distinguir entre lo que informa la entidad financiera y lo que se debe declarar a Hacienda. El banco no exige hacer nada: su obligación es solamente informar.
Pero, si los ingresos que reporta el banco no coinciden con lo que se ha declarado en los impuestos, Hacienda podrá iniciar una revisión o un requerimiento. Esto puede llevar a recargos, sanciones o ajustes fiscales en el caso de detectar que se han dejado de declarar ingresos relevantes por actividad económica, incluso los recibidos por Bizum.
Por lo que, si se reciben pagos por Bizum que están ligados a un negocio o trabajo, es crucial contabilizarlos correctamente, generar facturas cuando corresponda y declararlos como ingresos.


