¿Qué es el seguro de vida sucesorio?
Este tipo de póliza garantiza un capital inmediato para cubrir impuestos y gastos hereditarios, permitiendo conservar el patrimonio familiar sin endeudarse
Cómo aprovechar el síndrome del "nido vacío" en el presupuesto familiar y qué hacer con el dinero extra
A la mayoría de las familias españolas les puede sonar esta escena: fallece un padre o una madre, se heredan uno o varios inmuebles y, cuando todavía se está gestionando el duelo por una pérdida importante, llega la realidad fiscal. Hacienda da seis meses para pagar el Impuesto de Sucesiones y, en paralelo, los ayuntamientos reclaman la plusvalía municipal. ¿Cuál es el problema? En muchas ocasiones, las herencias que están formadas principalmente por inmuebles, no suelen incluir dinero líquido para pagar estos impuestos.
En este sentido, algo cada vez más habitual, ha surgido una herramienta que pretende evitar renuncias forzadas y ventas precipitadas: el seguro de vida sucesorio, un tipo de póliza pensada específicamente para garantizar a los herederos el dinero necesario para afrontar estos gastos sin tener que malvender la vivienda familiar o endeudarse.
Este producto es todavía poco conocido, pero se está convirtiendo en una pieza clave dentro de la planificación hereditaria, sobre todo para aquellos que tienen mucho patrimonio inmobiliario pero pocos ahorros. Pero, ¿cómo funciona y qué cubre exactamente?
Qué es exactamente un seguro de vida sucesorio
Aunque tiene nombre propio, el seguro de vida sucesorio no deja de ser un seguro de vida de riesgo, pero en este caso con una finalidad muy concreta: se suele contratar para que, cuando fallezca el asegurado, sus beneficiarios pueden cobran un capital pensado para pagar el Impuesto de Sucesiones, la plusvalía municipal y otros gastos que pueda generar la herencia. Esto se suele resolver de una manera rápida y sin tener que esperar a que se tramite y acepte la herencia completa.
Se trata de un tipo de seguro de vida pensado para garantizar la liquidez para poder hacer frente a una herencia, sobre todo, cuando se dejan bienes inmuebles pero muy poco dinero en el banco. Sin embargo, hay que tener en cuenta que este seguro no es para dejar un extra a los herederos, ese dinero tiene la única función de pagar impuestos y conservar el patrimonio. Explicado de forma sencilla sería para que los hijos o nietos no tengan que vender una casa o piso familiar para pagar a Hacienda.
Un problema de fondo: herencias con ladrillo, pero sin dinero
La clave para entender por qué están proliferando estos productos está en cómo funciona el Impuesto de Sucesiones hoy en día. Estamos hablando de un impuesto estatal, pero cedido a las comunidades autónomas, por lo que son éstas las que fijan sus propias reducciones y bonificaciones. La escala es progresiva, de manera que cuanto mayor es el importe heredado, más se debe pagar. Se tiene que recordar que el heredero tiene seis meses desde el fallecimiento para presentar y pagar el impuesto, aunque se puede pedir una prórroga por otro seis meses.
La casuística es enorme, ya que no es lo mismo heredar en Galicia o Andalucía que en Asturias o Castilla y León, pero el problema sí que se repite: muchos herederos reciben vivienda y poco efectivo, encontrándose con un problema serio de liquidez para pagar esta factura fiscal.
No es un caso aislado que los herederos tengan que vender o renunciar a las propiedades legadas por falta de liquidez para hacer frente a este impuesto. En este caso, tener un seguro de vida sucesorio activado puede marcar la diferencia entre conservar el patrimonio familiar o tener que renunciar a él de una manera u otra.
Cómo funciona este seguro de vida sucesorio
Aunque cada aseguradora diseña su producto con sus propios matices, el esquema general es similar. Nos encontramos con una estructura básica en la que se diferencian:
- Tomador y asegurado: suele ser la misma persona, y es quien contrata el seguro y sobre cuya vida se calcula el riesgo. Sería el propietario de los inmuebles o la persona con más patrimonio.
- Beneficiarios: se designa a quienes cobrarán el capital cuando el asegurado fallezca: pueden ser hijos, cónyuge, nietos o incluso alguien que no sea heredero legal.
- Capital asegurado: se calcula pensando en cubrir el impuesto de sucesiones estimado, la plusvalía y los gastos de la herencia, no el valor total de los bienes. Las compañías que comercializan estos seguros de protección sucesoria destacan que su objetivo es ayudar a afrontar estos impuestos, los gastos de notaría o las gestiones que haya que hacer, sin tener que poner en riesgo el patrimonio familiar.
- Pago de primas: pueden ser primas periódicas, mensuales o anuales, o, en ciertos productos, primas más estables en el tiempo con capital creciente, sobre todo pensadas para mayores de 55 años que ya tienen claro su patrimonio.
Una de las grandes ventajas de los seguros de vida en general, y de los sucesorios en particular, es que el capital asegurado no entra normalmente en la masa hereditaria cuando hay beneficiarios designados. Es un derecho propio del beneficiario, independientemente del testamento: puede cobrarlo aunque no sea heredero legal y sin esperar a la partición de la herencia.
Eso tiene varias implicaciones:
- El dinero llega antes: se puede cobrar el seguro (una vez liquidado el impuesto correspondiente) sin esperar a toda la tramitación notarial de la herencia.
- Aporta liquidez para pagar Sucesiones y plusvalía: el heredero puede incluso hacer una autoliquidación parcial del impuesto solo con el capital del seguro.
Cuando no hay un beneficiario designado, el capital del seguro sí que puede integrarse en la herencia y pasar a formar parte del inventario.
¿Cómo tributa este seguro?
A efectos fiscales, el seguro de vida sucesorio tributa igual que otros seguros de vida cuando se cobran por fallecimiento: el beneficiario no tiene que declararlo en el IRPF, sino que tiene que pagar por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, como un incremento patrimonial sin contraprestación.
La cuantía que se tenga que pagar va a depender de: el capital recibido, el grado de parentesco con el fallecido, ya que, cónyuge e hijos suelen tener las mejores condiciones y la comunidad autónoma en la que tributaba el causante.
Por otro lado, hay que tener en cuenta varios “amortiguadores” fiscales: por un lado, existe una reducción estatal de algo más de 9.000 euros por beneficiario sobre el capital del seguro recibido, de manera que por debajo de esa cifra no se pagaría. Y, por otro, hay que saber que muchas comunidades autónomas aplican bonificaciones casi totales para cónyuges, hijos o padres, reduciendo el impuesto a cantidades testimoniales en heredero directo, como destacan tanto guías fiscales como artículos de divulgación.
Este marco explicaría por qué los seguros de vida se han convertido en una herramienta fundamental de planificación sucesoria: permite recibir un capital con reducciones importantes, liquidez inmediata y, en algunos casos, un coste fiscal muy bajo en comparación con otros activos como inmuebles o ciertos productos financieros.
¿Quién puede estar interesado en este tipo de seguros?
No se trata de un producto para todo el mundo. Pero sí que tendría mucho sentido en ciertos perfiles:
- Personas mayores con varios inmuebles y poco efectivo: sería para aquellas personas que tengan una vivienda habitual, una segunda residencia o un local, pero pocos ahorros líquidos. Cuando el objetivo es que los hijos conserven esos bienes, conviene asegurar la liquidez fiscal.
- Familias que vivan en comunidades con un impuesto de sucesiones más exigente: es cierto que muchas autonomías han rebajado este impuesto para herederos directos, pero otras siguen aplicando cargas relevantes en determinados patrimonios. En este caso, para determinadas familias, este seguro puede ser un “salvavidas” para no tener que renunciar a la herencia.
- Hogares con herederos sin ahorros: incluso ante un impuesto moderado, si los beneficiarios no tienen un colchón, seis meses pueden pasar volando. Un capital que puede llegar rápido, separado de la herencia, puede marcar la diferencia entre una sucesión tranquila y un problema económico.
- Abuelos que quieran asegurar una transmisión concreta a nietos: como se puede designar beneficiarios de manera muy flexible, el seguro de vida puede ser un complemento al testamento y facilitar legados concretos a determinadas personas.
Antes de firmar, hay que tener en cuenta ciertos aspectos como que a mayor edad y más riesgo, más aumentaría la prima. Por otro lado, hay que mantener a los beneficiarios actualizados, ya que muchos problemas llegan por no haber actualizado y se produzcan divorcios, fallecimientos previos o la llegada de nuevos beneficiarios.
