Vivienda

Qué derechos tienes si te suben la comunidad de vecinos sin avisar: cómo reclamar

Votación en una junta de vecinos
Votación en una junta de vecinos. Getty Images
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En muchas comunidades de vecinos, las subidas de las pertinentes cuotas pueden parecer decisiones opacas que se aplican casi sin explicación, ni previo aviso. Sin embargo, los propietarios no están indefensos ante este tipo de situaciones.

La Ley de Propiedad Horizontal (LPH), que regula el funcionamiento de las comunidades de propietarios, establece una serie de procedimientos claros para adoptar decisiones que afecten a las cuotas de comunidad. Saltárselos puede suponer una vulneración de derechos que puede y debe ser reclamada.

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¿Puede una comunidad subir la cuota sin avisar?

La respuesta rotunda es no. Según el artículo 9.1.e) de la LPH, los propietarios tienen la obligación de contribuir a los gastos generales de la comunidad, pero cualquier modificación de esa cuantía debe ser aprobada en junta de propietarios y notificada correctamente. Para que una subida de la cuota sea válida, debe cumplir tres requisitos fundamentales:

  • Aprobación en junta: La decisión debe haberse tomado en una reunión de propietarios convocada debidamente, incluyendo en el orden del día la modificación de cuotas o aprobación del nuevo presupuesto.
  • Mayoría legal: Dependiendo del tipo de gasto, se requerirá mayoría simple, mayoría cualificada o unanimidad. Por ejemplo, para los gastos ordinarios basta la mayoría simple de los propietarios presentes o representados.
  • Notificación fehaciente: La decisión debe comunicarse a todos los propietarios, incluidos los ausentes, mediante un medio que deje constancia (correo certificado, burofax, entrega personal con acuse, etc.).
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Si alguno de estos pasos no se cumple, la subida puede ser impugnada

Discusión durante una junta de vecinos

¿Cómo saber si la subida es legal?

El primer paso es solicitar al presidente o al administrador de la finca una copia del acta de la junta donde se haya aprobado la subida. El acta debe contener el acuerdo, el quórum alcanzado y el desglose del nuevo presupuesto o los motivos del incremento. Si no consta este acuerdo o no se ajusta a los requisitos de la LPH, la subida podría considerarse nula de pleno derecho.

Incluso las actualizaciones automáticas de cuotas en función del IPC o derramas extraordinarias en el presupuesto anual deben seguir este proceso. Aunque estas fórmulas pueden facilitar la gestión, también deben constar en acta y comunicarse debidamente. Ninguna subida puede aplicarse sin acuerdo previo.

Además, la ley exige que se convoquen juntas ordinarias al menos una vez al año, donde se aprueban las cuentas y presupuestos. Si no has recibido convocatoria o desconocías que se había celebrado una junta donde se aprobó la subida, puede existir un defecto de forma.

¿Qué derechos tengo como propietario?

La LPH ampara a los propietarios ante decisiones irregulares. Según su artículo 18, cualquier propietario puede impugnar los acuerdos de la comunidad en los siguientes casos:

  • Cuando sean contrarios a la ley o a los estatutos de la comunidad.
  • Cuando resulten gravemente lesivos para los intereses de la comunidad en beneficio de uno o varios propietarios.
  • Cuando supongan un perjuicio para algún propietario que no tenga la obligación jurídica de soportarlo.

El plazo para impugnar es de tres meses desde la notificación del acuerdo. Si no se ha recibido comunicación fehaciente, el plazo empezaría a contar desde que se tenga conocimiento efectivo del mismo.

El proceso para reclamar una subida indebida de la comunidad debe seguir una serie de pasos ya establecidos.

  1. Solicitar el acta: Es el primer paso para comprobar si el acuerdo es legal.
  2. Hablar con el administrador o presidente: En muchas ocasiones, se trata de errores de forma o de comunicación fácilmente subsanables.
  3. Enviar una reclamación formal: Si no hay acuerdo, se puede enviar una reclamación por escrito a la comunidad dejando constancia (burofax o correo certificado).
  4. Acudir a mediación o arbitraje: Algunas comunidades autónomas ofrecen servicios de mediación vecinal.
  5. Impugnación judicial: Si no hay otra salida, se puede presentar una demanda ante los juzgados de primera instancia. Es recomendable contar con un abogado especializado.

¿Y si pago la cuota y no reclamo?

Pagar no implica necesariamente renunciar a tus derechos, pero sí puede dificultar tu posición en un proceso judicial. Si consideras que la subida es injusta o ilegal, lo mejor es manifestarlo por escrito y, si es posible, consignar judicialmente las cantidades para no incurrir en impago.

Según el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de España (CGCAFE), muchas disputas vecinales por cuotas podrían evitarse con una mayor transparencia en la gestión y una adecuada comunicación con los propietarios. 

Las comunidades de vecinos no pueden imponer subidas de cuotas sin seguir los procedimientos legales que garantizan la participación y el conocimiento de todos los propietarios. Si te han subido la comunidad sin avisar, no estás solo ni desprotegido. Tienes derecho a informarte, reclamar y, si es necesario, impugnar. La clave está en conocer la normativa, exigir transparencia y, sobre todo, ejercer activamente tus derechos como copropietario.