El TUE declara que el IRPH puede ser abusivo y debe estar sometido al control de los jueces
Los jueces podrán sustituir el IRPH por otro índice como el Euríbor
El Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) debe estar sometido a control judicial para que los tribunales españoles se evalúen si se trata de cláusulas abusivas incluidas en contratos hipotecarios, según ha dictaminado este martes el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE).
Si se trata de cláusulas abusivas, los jueces españoles podrán evaluar cada caso particular para sustituir este IRPH por otro tipo de índices, como el Euríbor, para proteger así a los consumidores de "las consecuencias especialmente perjudiciales que podrían derivarse de la anulación del contrato de préstamo".
Con esta sentencia, la justicia se ha pronunciado sobre el caso de un ciudadano español que firmó una cláusula relativa al cálculo de los intereses ordinarios conforme al IRPH en un contrato hipotecario con Bankia. Este cliente presentó una demanda de judicial ante el juzgado barcelonés al considerar que se trataba de una cláusula abusiva, y la causa se elevó al tribunal de Luxemburgo.
