El Constitucional no ve discriminación en la desigual duración del permiso de paternidad y maternidad

El Constitucional no ve discriminación en la desigual duración del permiso de paternidad y maternidad
Noticias Cuatro
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El Pleno del Tribunal Constitucional ha sentenciado que no es discriminatorio que la duración del permiso de paternidad sea inferior al de maternidad. "La atribución del permiso por maternidad, con la correlativa prestación de la seguridad social, a la mujer trabajadora, con una duración superior a la que se reconoce al padre, no es discriminatoria para el varón", expone la sentencia.

El alto tribunal argumenta que la finalidad para la madre es la protección de la salud tras el parto y embarazo, una realidad biológica que nada tiene que ver con el permiso de paternidad relacionado con la conciliación. Una sentencia que ha contado con diez votos a favor y uno particular, el de una magistrada que asegura que el Constitucional consolida una división de roles en el cuidado más propios de otra época.