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Furgoneta pick-up: cuándo debe seguir las normas de turismo y cuándo las de camión

Pick ups
Pick-ups. Getty Images
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Seguro que recuerdas haber visto alguna pick‐up en una película americana. Se trata de uno de esos vehículos “híbridos” que todavía son legales, mezclando al mismo tiempo turismo y vehículo de mercancías. En España durante años se han aplicado a estos normativas más parecidas a las de un camión, incluyendo una velocidad máxima de 90 km/h, limitaciones de adelantamiento, etc., pero ese régimen cambió con la Instrucción 17/TV‑97 de la DGT. 

La base legal: ¿Qué es una pick‐up?

El Reglamento General de Vehículos (Real Decreto 2822/1998) clasifica el pick‐up como “vehículo cuya masa máxima no es superior a 3.500 kg, en el que las plazas de asiento y la zona de carga no están situadas en un compartimento único”, es decir, tiene una cabina aparte de la caja de carga

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Esa Instrucción ha establecido que ciertas pick‐up que cumplan una serie de condiciones, como una MMA ≤ 3.500 kg, altura máxima de 2 m y tener la zona de carga no integrada, pasan a estar sometidas a las mismas normas de circulación que los turismos en aspectos como velocidad, adelantamientos, uso de carriles o normas de vialidad invernal. 

En concreto, con la Instrucción se suprime el límite administrativo de 90 km/h que hasta entonces se aplicaba como “camión” en autopistas/autovías para los pick‑up, de modo que estos pueden circular a la velocidad máxima permitida para turismos en esas vías. 

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No obstante, algunos aspectos no cambian: en materias fiscales, tasas o inspección técnica (ITV), muchas pick‑up siguen siendo tratadas como vehículos industriales, aunque ya circulen regidos por la normativa de turismos. 

Normas de turismo que ahora aplican a las pick-up

Cuando tu pick‑up cumple los requisitos de la Instrucción 17/TV‑97 debe obedecer normas como:

  • Límites de velocidad propios del turismo: podrá alcanzar los límites máximos de autopistas/autovías (en lugar del límite de 90 km/h de los camiones). 
  • Adelantamientos y uso de carriles: ya no estará sujeto a limitaciones propias de vehículos de mercancías en la circulación. 
  • Normas de vialidad invernal, restricciones de carril VAO, etc.: se aplicarán como turismo más que como camión. 

Circunstancias en que debe seguir reglas de camión

Aun con la Instrucción, hay situaciones en que una pick‑up puede volver a ser tratado como camión:

  • Si no cumple los requisitos técnicos: por ejemplo, si tiene una MMA superior a 3.500 kg, o si su altura total supera los 2 metros, o si la zona de carga está integrada con la cabina. En ese caso, no aplica la exención y sigue bajo normativa de camiones. 
  • En aspectos fiscales, ITV e impuestos industriales: aunque circule como turismo, algunas pick‑up siguen sujetas a la categoría industrial o de vehículo de mercancías para efectos de tasas, revisiones técnicas o particularidades tributarias. 
  • Cuando transportas carga sobresaliente o volumen que exceda límites de carga para turismos: en esos casos entra en juego la normativa de mercancías (cómo señalizar carga, límites de sobresaliente, sujeción) igual que los camiones o vehículos de transporte de bienes. 
  • En el transporte de personas en la caja de carga: la normativa prohíbe transportar personas en lugares no acondicionados para ello (Artículo 10 del Reglamento General de Circulación). Y en el caso de pick‑ups, llevar personas en la zona de carga es ilícito y sancionable. 

En definitiva, gracias a la Instrucción 17/TV‑97, las pick‑up que cumplan ciertos requisitos dejan de estar sujetas a muchas normas de camión y pasan a regirse como turismos en el tráfico diario (velocidad, adelantamientos, uso de carriles). Pero ese “trato como turismo” no es automático ni aplica a todos los aspectos: carga, tasas, ITV o transporte de personas en la caja pueden volver a la normativa de camión. Conocer esas diferencias te protege frente a multas inesperadas.