Multas

Conducir con chanclas: la multa que podrías recibir y por qué no es solo una cuestión de calzado

Una persona conduciendo con chanclas. Getty Images
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Cuando el mercurio se dispara y el asfalto se convierte en una plancha ardiente, son muchos los conductores que sucumben a la tentación de enfundarse unas cómodas chanclas a la hora de ponerse al volante. Lo que no todos son conscientes es que este gesto veraniego puede convertirse en un problema legal, y también de seguridad, que va mucho más allá de una simple elección de calzado fresquito.

No está prohibido, pero sí es sancionable

Al contrario a lo que muchos piensan, el Reglamento General de Circulación en España no prohíbe de forma explícita conducir con chanclas, sandalias o incluso conducir descalzo. Sin embargo, el artículo 18 establece que el conductor debe "mantener su propia libertad de movimientos" y que está obligado a "mantener la atención permanente a la conducción". Esto significa que, si un agente considera que el calzado que llevamos puesto limita la capacidad de maniobra o el control que tenemos sobre el vehículo, puede imponer una sanción administrativa.

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La multa no es menor, ya que asciende a 80 euros, aunque no conlleva la retirada de puntos. Una cantidad que se puede reducir a la mitad por pronto pago, pero que puede ser suficiente para amargar cualquier escapada estival. Según la Dirección General de Tráfico, la clave no está tanto en el tipo de calzado, como en la forma en que este afecta al control del vehículo.

Más que una cuestión legal, un riesgo real

El peligro de conducir con chanclas no es anecdótico. Desde un punto de vista técnico, este calzado carece de sujeción, puede deslizarse fácilmente o incluso quedarse atrapado bajo los pedales. Todo ello incrementa de forma evidente, y notable, la posibilidad de sufrir un accidente por cometer un fallo en las maniobras de frenado o aceleración. Expertos en seguridad vial insisten en que el conductor debe garantizar una respuesta inmediata y precisa ante cualquier imprevisto, algo que las chanclas ponen en riesgo gravemente.

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A esto se suma un factor psicológico al que apuntan desde diversos estudios. Estos afirman que el tipo de vestimenta que llevamos también influye en nuestra actitud al volante. De esta manera, el hecho de vestir de manera extremadamente informal, como sería el caso cuando usamos chanclas o conducimos sin camiseta, puede reducir el nivel de alerta inconscientemente, relajando la percepción del riesgo.

Cómo evitar la multa y conducir seguro

La DGT no exige un tipo de calzado específico, pero recomienda claramente que sea cerrado, firme y con buena sujeción. Lo ideal es usar zapatos que permitan tener una sensibilidad adecuada en los pedales, además de posibilitar un control óptimo en todo momento. Una solución sencilla al problema sería llevar un par de deportivas en el maletero si se planea conducir tras de día de asueto en la playa o la piscina.

Además de evitar sanciones económicas, adoptar este hábito reduce considerablemente el riesgo de accidente, protegiendo no solo al conductor, sino también a pasajeros y peatones. En definitiva, la elección del calzado no es un detalle menor ni una imposición caprichosa: es un componente esencial de la seguridad vial, especialmente en un país donde las temperaturas veraniegas multiplican este tipo de comportamientos de riesgo.

¿Y qué pasa con otros hábitos veraniegos?

La conducción veraniega está plagada de otros hábitos que, si bien no están expresamente prohibidos, pueden acarrear sanciones similares. Por ejemplo, conducir sin camiseta puede suponer una multa de hasta 100 euros, ya que en caso de accidente el cinturón puede provocar quemaduras o lesiones en la piel descubierta . Asimismo, conducir con objetos colgando del retrovisor, como pueden ser los típicos ambientadores grandes o adornos, también puede ser motivo de sanción si los agentes consideran que su presencia limita el campo de visión del conductor.

Incluso llevar gorros, pamelas o auriculares mientras se conduce puede ser motivo de advertencia o multa, dependiendo de cómo interfieran en la audición o la visibilidad. En resumen, más allá del calzado, la normativa de tráfico exige que el conductor esté en plenas condiciones físicas y sensoriales para reaccionar ante cualquier situación en la carretera. No es, por tanto, una cuestión estética, sino de seguridad colectiva.