Los letrados concluyen que el plazo para investir a un 'president' no ha empezado
La ley marca un plazo de dos meses para elegir presidente desde la primera votación fallida en una investidura. Si en ese tiempo, no es elegido un presidente, se disuelve el Parlament y se convocan elecciones de manera automática. El pleno fue convocado. Pero luego aplazado ante la imposibilidad de investir a Puigdemont. Así que nunca se produjo esa votación. Los letrados debían resolver si habían empezado a correr esos dos meses y han concluido que no. Que el plazo sigue intacto. Los juristas de la Cámara proponen un acto equivalente a una votación fallida para poner el reloj en marcha. Por ejemplo, que los indepdendentistas constaten el bloqueo político y comuniquen al presidente del Parlament que no hay candidato elegible. La decisión estaría luego en manos de Roger Torrent. Los letrados ofrecen otra vía. Que sean los grupos parlamentarios quienes activen el contador forzando un pleno. Los no independentistas tienen la mayoría para hacerlo.