¿Qué documentación se debe llevar en el coche para evitar la multa de 500 euros de la DGT?

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No llevar la documentación necesaria en el coche puede salir caro.
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MadridCircular por las carreteras españolas con la documentación en regla no es solo un acto de responsabilidad, sino también una obligación legal. En 2025, la Dirección General de Tráfico (DGT) mantiene sanciones de hasta 500 euros por no llevar determinados documentos cuando se está al volante, una infracción que puede derivar incluso en la inmovilización del vehículo. Conocer qué papeles son imprescindibles, y cuáles conviene llevar aunque no sean obligatorios, puede evitar más de un disgusto, además de una cuantiosa multa.

¿Qué documentación es obligatoria en 2025?

La normativa de la DGT establece tres documentos esenciales que cualquier conductor debe llevar consigo cuando circula:

  • Permiso de circulación del vehículo: acredita que el coche está matriculado y autorizado para circular por vías públicas. Es expedido por la Jefatura Provincial de Tráfico.
  • Permiso de conducción: certifica que el conductor está habilitado para conducir el tipo de vehículo que lleva. Este debe estar en vigor y, en caso de ser extranjero, tener validez reconocida en España.
  • Tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo (ITV), con el informe favorable y la pegatina visible en el parabrisas. Este documento acredita que el vehículo ha pasado la inspección obligatoria. Circular con la ITV caducada o negativa puede suponer una multa de entre 200 y 500 euros, dependiendo de la gravedad del incumplimiento.
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También es importante ser conscientes de que el permiso de conducir puede llevarse en formato digital a través de la aplicación oficial miDGT, desarrollada por la Dirección General de Tráfico y disponible de forma gratuita. En esta app también se puede acceder a información del seguro y de la ITV, aunque por ahora la DGT sigue recomendando portar los documentos físicos, especialmente en caso de que el dispositivo móvil esté apagado, se quede sin batería, o fuera de cobertura

¿Qué otros documentos conviene llevar aunque no sean obligatorios?

Desde 2008, ya no es obligatorio llevar en el coche el justificante del seguro del vehículo (póliza o recibo), ya que los agentes pueden verificar esta información de forma telemática. Sin embargo, siempre es recomendable tener una copia del seguro en el vehículo o en formato digital, ya que puede agilizar los trámites en caso de accidente o control policial.

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También es aconsejable conservar el último recibo del impuesto de circulación (IVTM) para demostrar que se está al día con los pagos, sobre todo si se va a realizar alguna gestión administrativa relacionada con el vehículo.

¿Qué sanciones impone la DGT por no llevar la documentación?

  • Conducir sin el permiso de conducir (aunque lo tengas en vigor): sanción de hasta 500 euros.
  • No llevar el permiso de circulación: multa de 10 euros, pero puede complicar cualquier control rutinario.
  • Circular con la ITV caducada: entre 200 y 500 euros, dependiendo del resultado de la inspección y del tiempo de demora.
  • Falsificar documentos o presentar datos incorrectos: puede conllevar sanciones penales, además de la inmovilización inmediata del vehículo (DGT).

Mantener la documentación del vehículo en regla no es solo una obligación legal: es un gesto mínimo de seguridad y civismo. En la actualidad la DGT realiza una vigilancia constante y automatizada, con controles aleatorios cada vez más habituales. Por eso, no contar con los documentos requeridos puede salir muy caro. Una multa de hasta 500 euros por una omisión fácilmente evitable es un recordatorio claro: revisa tu guantera antes de ponerte en marcha.