Batalla judicial en la regularización de interinos

  • Asociaciones de funcionarios protestan contra las convocatorias derivadas de la ley de estabilización

  • Consideran que no es justo que se conviertan en funcionarios fijos a eventuales que no superaron una oposición como la de ellos

  • Los sindicatos mayoritarios consideran que se evita la temporalidad de la Administración

Todo empezó cuando La Unión europea advirtió a España de que si quería dinero debería reducir el número interinos. El objetivo, recogido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia enviado a Bruselas, del que dependen los fondos europeos, era situar los contratos eventuales en el 8% de media en las administraciones públicas antes de que comenzase el 2025.

El 19 de mayo de 2021, el día el ministro de Función Pública, Manuel Iceta anunció en rueda de prensa que harían fijos a 300.000 empleados públicos que estaban en situación temporal. Otros expertos hablan de que podrían ser unos 400.000. En cualquier caso, se promulgó la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. En el 2018 la media era un 18, 59% actualmente es mucho más rondan el 25%. 

Opositores, funcionarios fijos de diferentes escalas

A partir de esa ley se van sucediendo convocatorias para hacer fijos a esos profesionales temporales. Los que se sienten más perjudicados son los funcionarios que tienen las oposiciones más difíciles, son los de categoría A1, que ven como personas que no sacaron la oposición pueden adquirir su fijeza sin pasar por los mismos exámenes.

Entre los que más destacan por su lucha son COSITAL (Consejo de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local) la Asociación de Inspectores de Hacienda, el Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia de España y la Asociación Defensa Turno Libre. Este último colectivo es el más heterogénea porque engloba tanto a opositores, funcionarios fijos de diferentes escalas e incluso también interinos que consideran que sólo por tener más antigüedad que ellos otros funcionarios tendrían ventajas para conseguir la fijeza de los puestos.  

Básicamente, los funcionarios de carrera y los opositores se quejan de que sólo por antigüedad en el puesto de forma eventual y sin haber superado las mismas pruebas se va a hacer fijos a personal eventual que no superaron las mismas pruebas. Los interinos los forman mayoritariamente con personal que no pasó las pruebas contratados por motivos de urgencia.

José María Peláez, de la Asociación de inspectores de Hacienda critica que “las pruebas en muchos casos son superar un test y una entrevista que como todos sabemos es algo que es muy difícil de objetivar”. De hecho, respecto a las entrevistas, recientemente la polémica ha saltado con el examen para un contrato para el Instituto de Artes del Ministerio de Cultura. Si bien este no era para un contrato de funcionaria fija, sí que llamó la atención por la valoración de la entrevista.

En este caso, María Navarro hija de Pere Navarro del PSC y compañero del ministro Iceta quedó la séptima en la valoración objetiva de méritos. Sin embargo, en la entrevista donde la mayoría de oponentes, cuatro, sacaron un 0, ella puntuó 17 y se quedó la primera. Datos que hemos conocido gracias a la pregunta parlamentaria recogida por las diputadas Marta González y Soledad Cruz (PP). Seguramente habrá más casos recientes en otras administraciones por eso dejamos nuestro correo para que puedas denunciarlo: denuncia@cuatro.com .

Las convocatorias para ser fijo

Hemos querido recoger la opinión del Ministerio de Hacienda pero ha preferido no participar en este reportaje, los sindicatos mayoritarios que apoyan la ley, señalan que esto evita la temporalidad en la Administración.

Muchas de las convocatorias para ser fijo derivadas de la ley 20/2021 están siendo recurridas ante los juzgados. Así la Asociación por el turno libro lleva recurridas siete que comprenden unas 68.000 plazas.

Antonio Requena, está convencido de que los juzgados les darán la razón. Así, nos recuerda la sentencia del Tribunal Constitucional del 130/2009, de 1 de junio que declara que la situación «excepcional» que permitiría el uso de pruebas restringidas (para contratar temporales) no puede ser consecuencia de las propias decisiones organizativas y de funcionamiento de la Administración mantenidas en el tiempo.

Es decir, no se puede considerar excepcional una situación creada por la propia Administración al no convocar las plazas cuando tocaba”. Un juzgado de elche a Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº1 acaba de anular la fijeza de 430 trabajadores del ayuntamiento por no respetar los principios de igualdad y mérito que defiende la Constitución.