Los clientes de Banco de Madrid solo recuperarán un máximo de 100.000 euros

Noticias Cuatro 19/03/2015 09:36

Los clientes de Banco de Madrid solo recuperaran 100.000 euros. Después de que el FROB haya decidido liquidar la entidad, quienes tuvieran depositados más de 100.000 euros perderán todo a partir de esta cifra.

Si una cuenta cuente con dos titulares, ambos tienen derecho a recibir la garantía. A modo de ejemplo, si un matrimonio tiene una cuenta con 180.000 euros de la que ambos son titulares, cada uno de ellos recibirá 90.000 euros.

En el supuesto de un solo titular cuente con varias cuentas en el banco, se le sumarán todos los importes de las cuentas y sólo recibirá al máximo garantizado de 100.000 euros.

La ley vigente, aprobada en plena crisis financiera en 2011, solo garantiza que cada cliente recupere hasta un máximo de 100.000 euros. El Frob ha asegurado que hará el pago con la "máxima celeridad".

El Fondo de Garantía de Depósitos tiene tres meses para abonar a los clientes de Banco Madrid la garantía máxima de 100.000 euros. Este periodo comenzará a contar una vez que el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid declare el concurso de acreedores del banco, si bien puede prorrogarse más allá de los tres meses en función de determinados supuestos, según fuentes de la Asociación de Usuarios de Bancos (Adicae).

15.000 clientes con 600 millones de euros en depósitos se verán afectados por esta medida. Es la primera vez que en España se deja caer a una entidad bancaria.

La decicisón del Frob se ha producido después de que el Banco de España haya trasladado al FROB el acuerdo de su Comisión Ejecutiva que señala que no procede la apertura del proceso de resolución "al no concurrir los requisitos previstos legalmente".

Tras tener conocimiento de la misma, la Comisión Rectora del FROB, que tenía un plazo de 14 días para pronunciarse, comunicó de inmediato al juzgado la no apertura de un proceso de resolución a Banco Madrid. Ahora el juzgado continuará la tramitación de la solicitud del concurso de acreedores de acuerdo con la ley concursal vigente.