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Tickets restaurante, guardería o transporte: cómo exprimir la retribución flexible para que tu sueldo sea más alto

Utilizada correctamente puede suponer un ahorro de hasta 800 euros anuales
Utilizada correctamente puede suponer un ahorro de hasta 800 euros anuales. Freepik
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Son muy pocos los que saben que pueden ganar más cada mes sin que la empresa suba el sueldo. A esto se le llama retribución flexible, y consiste en destinar parte del salario bruto a beneficios como vales de comida, cheques guardería o abonos transporte que, hasta ciertos límites, no tributan en IRPF. Por lo que, se paga menos impuestos y aumenta el sueldo neto sin que la empresa tenga que asumir más costes.

En el contexto de precios al alza en el que nos situamos, este sistema se ha convertido en una de las formas más eficaces de mejorar el poder adquisitivo real. No se trata de un privilegio reservado a directivos: cada vez más compañías lo ofrecen a todos sus empleados, y, quienes lo utilizan pueden ahorrar entre 400 y 800 euros al año solo en ventajas fiscales.

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Eso sí, no todo vale. La retribución flexible tiene límites y normas muy concretas: no puede superar el 30% del salario bruto anual y solo se aplica a conceptos específicos como comida, transporte, salud o educación infantil. Utilizada bien, es una herramienta 100% legal para pagar menos impuestos. Cuando se gestiona mal, puede acabar con una sanción o un susto con Hacienda.

Qué es la retribución flexible

Hacienda considera retribución en especie la utilización o consumo, para fines particulares, de bienes o servicios que la empresa entrega gratis o por debajo de precio de mercado (por convenio o contrato). En los planes de retribución flexible, parte del salario en dinero se sustituye en especie, por ejemplo: comida, transporte, guardería o seguro médico, y se aplican los artículos 42 y 43 de la Ley del IRPF. Hay que tener en cuenta que el conjunto del salario en especie no puede superar el 30% de la retribución íntegra anual.

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No todo el salario en especie está exento, pero varios beneficios sí que lo están, siempre que se cumplan los requisitos y con ciertos límites.

Comida: vales o tarjeta restaurante

Las comidas de empresa están exentas de IRPF hasta 11 euros diarios, siempre que se cumplan estas reglas: deben ser nominativos e intransmisibles; no se pueden acumular de un día para otro; no hay reembolso en metálico; solamente sirven en hostelería. Cuando se superan los 11 euros diarios, se tributa el exceso.

Es interesante porque transforman 11 euros al día durante 220 días laborables, lo que da un total de 2.420 euros al año que no tributan en IRPF cuando se cumplen las condiciones. En un tipo efectivo del 20%, el ahorro fiscal ronda más o menos los 484 euros. Algo a tener en cuenta es que aunque están exentos en IRPF, sí que computan en la base de cotización a la Seguridad Social.

Transporte público: hasta 1.500 euros al año

La empresa puede facilitar el abono transporte o tarjetas para el desplazamiento residencia-trabajo. Están exentas en IRPF con un tope de 1.500 euros al año y 136,36 euros al mes. Deben ser personales, no reembolsables y válidas solo para servicio público de transporte colectivo. Si la empresa aporta dinero para que se compre el abono, se pierde la exención, ya que sería retribución dineraria sujeta.

Estos 1.500 euros exentos al año equivalen a unos 300 euros de ahorro fiscal en un tipo del 20% (referencia orientativa). Además, muchas ciudades han encarecido los títulos desde 2024, así que canalizar el gasto por esta vía compensa doblemente.

Guardería/educación infantil (0 a 3 años): exenta y compatible con la deducción por maternidad

En este caso hay dos planos que conviene no mezclar: por un lado está la exención por retribución en especie, que es cuando la empresa paga directamente o con un cheque o vale el primer ciclo de educación infantil (de los 0 a los 3 años) en centros autorizados, esa retribución está exenta de IRPF como servicio social y cultural para el personal. Es decir, si se pasa ese gasto por retribución flexible, no se tributa por él, dentro siempre del límite del 30% del salario en especie.

Por otro lado, está el incremento de la deducción por maternidad, que si se cumplen los requisitos se aumentaría hasta 1.000 euros por gastos de guardería. Hay que tener en cuenta que ese incremento no se aplica sobre importes que ya estén exentos como retribución en especie, pero sí que se pueden combinar si hay gasto adicional que no cubre el cheque de la retribución en especie. Muchas familias maximizan el beneficio canalizando vía empresa el gasto de guardería y aplicando después el incremento de los 1.000 euros por la parte no cubierta.

Seguro de salud

Las primas pagadas por la empresa para la cobertura de enfermedad del empleado, cónyuge e hijos están exentas de IRPF hasta 500 euros por persona y 1.500 euros si la persona asegurada tiene discapacidad. Para que se pueda aplicar la exención, la tomadora debe ser la empresa (no un reembolso en la póliza). El exceso sobre esos límites tributa como especie.