Impuestos

Cómo fraccionar el pago de impuestos sin intereses: trámites y casos

La AEAT permite esta modalidad bajo ciertas condiciones. Freepik
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Con la llegada de las diferentes campañas tributarias, muchas personas se encuentran con la dificultad de tener que abonar de golpe una gran cantidad de dinero. Desde el IRPF hasta el IVA trimestral, pasando por el Impuesto de Sociedades o el IBI. Todas estas obligaciones fiscales pueden suponer un quebradero de cabeza, sobre todo cuando coinciden con otros gastos relevantes. Pero, muchos no saben que existe la posibilidad de fraccionar el paso de impuestos sin intereses, una opción que ofrece un alivio temporal para la economía personal o empresarial.

¿Qué significa fraccionar el pago sin intereses?

Fraccionar el pago de un impuesto significa dividir la deuda tributaria en varios plazos para poder facilitar su abono. Lo más normal es que estos pagos se realicen mensualmente. Cuando hablamos de fraccionar “sin intereses”, se hace referencia a que la Agencia Tributaria no va a aplicar recargos financieros sobre la deuda, algo que solo es posible si se cumplen una serie de requisitos estrictos.

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Este mecanismo es una herramienta legal que está reconocida por la Ley General Tributaria y se regula por medio del Real Decreto 1065/2007 y la Orden HAP/2178/2015, entre otros textos normativos.

Requisitos para fraccionar sin intereses

Para que Hacienda permita un fraccionamiento sin intereses, deben cumplirse una serie de condiciones como estas:

  • Que la deuda no supere los 30.000 euros. A partir de esa cantidad, Hacienda exige garantías adicionales, como un aval bancario.
  • Solicitarlo dentro del plazo voluntario de ingreso. Si se pide después de la fecha límite, se aplicarán intereses de demora.
  • Que el contribuyente no tenga deudas previas impagadas. Es decir, se valora mucho la situación fiscal general del solicitante.
  • No estar incurso en un procedimiento sancionador firme.
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Por lo general, Hacienda puede conceder hasta un máximo de 12 plazos mensuales, el correspondiente a un año. En algunos casos muy específicos podría llegar a conceder hasta 24 meses.

Trámites para solicitar el fraccionamiento

Este trámite para poder pedir el fraccionamiento sin intereses se puede hacer tanto de manera telemática como presencial. Para solicitarla online se debe hacer a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Se accede con certificado digital, Cl@ve PIN o DNI electrónico. En el menú de trámites, se debe buscar “Aplazamientos y fraccionamientos de pago”. Ahí se encontrará un formulario donde se deberá indicar: datos personales, importe de la deuda, número de plazos solicitados, fecha del primer vencimiento y cuenta bancaria para la domiciliación.

En ciertos casos, cuando el importe es elevado, aunque no llegue a superar los 30.000 euros, Hacienda también puede solicitar una justificación de la falta de liquidez (certificados bancarios, facturas, balances), calendario de ingresos y gastos previstos y una declaración responsable de no poseer otras deudas.

Por último queda esperar la respuesta de Hacienda. La AEAT tiene un plazo máximo de 6 meses para resolver, aunque suele contestar mucho antes. Si no se recibe respuesta en ese periodo, se entiende como silencio administrativo negativo, es decir, se sobreentiende que la petición ha sido denegada.

En caso de que se apruebe, el fraccionamiento debe respetarse de manera estricta. Si se incumple un solo plazo, se pierde el beneficio de fraccionamiento y la deuda entra en vía ejecutiva, con posibles embargos.

En qué casos conviene fraccionar sin intereses

Fraccionar el pago de impuestos sin intereses puede ser una decisión inteligente, pero no siempre es la opción más ventajosa. A continuación, se detallan los principales casos en los que conviene acogerse a esta posibilidad:

Cuando hay falta de liquidez temporal

Es la situación más habitual. Si el contribuyente atraviesa un bache económico puntual, por ejemplo, a causa de gastos imprevistos, desempleo o impagos, el fraccionamiento le permite cumplir con Hacienda sin incurrir en sanciones ni intereses.

Para evitar recurrir a créditos bancarios

Solicitar un préstamo personal o recurrir a la tarjeta de crédito para pagar a Hacienda suele implicar intereses elevados. El fraccionamiento sin intereses es una alternativa más inteligente y económica.

En declaraciones negativas o con resultado cero

Aunque no suele ser lo habitual, puede darse el caso de que una declaración tenga resultado cero pero contenga deudas acumuladas de ejercicios anteriores o de otros tributos. En este caso, Hacienda puede aceptar el fraccionamiento sin intereses si no hay culpa o negligencia por parte del contribuyente.

Para evitar embargos

Cuando el contribuyente prevé que no podrá pagar a tiempo y se anticipa solicitando el fraccionamiento, evita automáticamente la apertura del periodo ejecutivo, y los posibles embargos o recargos que puedan llegar a consecuencia de ello.

En caso de errores informáticos o causas ajenas

Si no se pudo abonar el impuesto por causas ajenas al contribuyente es posible justificar la solicitud de fraccionamiento sin intereses aportando la documentación que lo acredite.

En todos estos casos, lo más importante es actuar antes de que venza el plazo voluntario de pago, ya que una vez que la deuda entra en periodo ejecutivo, se van a aplicar automáticamente recargos, intereses y sanciones.