El Supremo abre la puerta para desestimar la paternidad reclamada a don Juan Carlos

Noticias Cuatro/Agencias 04/02/2015 20:52

Según refleja la Sala de lo Civil del alto tribunal en un auto, Sartiau mantenía con este familiar del Rey una correspondencia electrónica "en la que la reconocía como miembro de la familia de éste". La demandante también alegó que había mantenido encuentros en 2014 con otros supuestos parientes del monarca.

Los magistrados del Supremo mencionan, además, la existencia de un acta notarial de la madre de la ciudadana belga en la que se describen las circunstancias de su relación esporádica con el Rey y, siempre según su versión, durante la cual se produjo la concepción. Advierten que estas pruebas serían "insuficientes para la estimación de la demanda" si bien constituyen "un principio bastante" para admitirla a trámite.

La madre de Ingrid Sartiau declaró ante un notario belga que en diciembre de 1975 conoció en la Costa del Sol a un hombre de 31 años "muy gentil, guapo, dulce y apuesto, con los ojos azules" con el que mantuvo relaciones "tres noches en un hotel de lujo".

Liliana Marie Jose Ghislaine supo, el último día de esos encuentros y por boca del conserje del establecimiento hotelero que "se trataba del príncipe Juan Carlos de España" y desde ese momento "no mantuvo ninguna otra relación sexual" hasta el nacimiento de la niña.

"Nunca quise denunciar esto públicamente cuando estaba embarazada porque no tenía ninguna intención de causarle mal ni pena a Juan Carlos y hasta la presente, ha sido un secreto bien guardado", agregaba en su declaración ante notario.

La madre de la demandante le confesó quien era su padre después de que ésta le mencionara que se relacionaba en la prensa al Rey español con la cacería de un elefante. "Le expliqué a mi hija que no debíamos creer a la prensa, porque es un hombre demasiado bueno, lo conozco bien porque es tu padre", refleja el acta que dijo a su hija.

Próximos pasos

A partir de ahora, el Supremo emplazará a don Juan Carlos a que conteste a la demanda de paternidad, que viene acompañada de la petición de que se realice una prueba de ADN como prueba anticipada. El Rey tiene 20 días hábiles para contestar a la demanda a partir de la notificación del auto de admisión.

La Sala nombrará un ponente y podrá pronunciarse sobre las pruebas reiteradas por la ciudadana belga. Si el Rey Juan Carlos acepta someterse a esa prueba genética, se efectuará un análisis que será valorado en una vista, que puede celebrarse a puerta cerrada por tratar sobre la vida privada de las personas, como ocurre en la práctica habitual de los juzgados de familia.

Si hay acuerdo, no hay vista

Si Don Juan Carlos alcanza un acuerdo con la ciudadana belga se ahorrará la celebración de la vista, en la que podría estar representado por su defensa a no ser que la otra parte solicite su interrogatorio y se admita tal petición.

La negativa a ser interrogado se podrá valorar junto al resto de pruebas conforme a la doctrina jurisprudencial en esa vista que si se celebra se hará previsiblemente antes del verano.

La celebración de estas vistas aparece regulada en el artículo 752 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y el artículo 138.2, que permite celebrarla a puerta cerrada por razones de seguridad o los intereses de la vida privada de las partes.

El Supremo ha desestimado la demanda de Alberto Solá, que asegura ser el primogénito de don Juan Carlos, y se acompañaba de una prueba de ADN con una "fiabilidad superior al 99,9 por ciento", según la demanda, a la que tuvo acceso Europa Press.