Las medidas que caen si no prospera la prórroga del decreto de alquileres

Las medidas del decreto de alquileres que van a decaer. Cuatro
  • La prórroga de dos años de los alquileres -alquileres que finalicen entre marzo de este año y diciembre de 2027- dejará de estar en vigor.

  • Tampoco saldrá adelante la limitación de las actualizaciones de las rentas al 2%.

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El pleno del Congreso derogará hoy, salvo que el Gobierno cierre un acuerdo de última hora con Junts, el decreto ley impulsado por Sumar que permite prorrogar dos años los contratos de alquiler que vencen entre el 21 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027 y limita al 2 % las actualizaciones anuales de renta.

El decreto ley, que defenderá ante el pleno el ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, será previsiblemente rechazado por la mayoría que suman el PP, Vox y Junts, aunque en las últimas horas Bustinduy se ha abierto a hacer concesiones en materia fiscal a los independentistas, si permiten con su voto que el decreto salga adelante.

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El acuerdo de última hora que, según Sumar, podría salvar la votación implica al ala socialista del Gobierno, al que su socio ha pedido "voluntad política" para hacer posible la convalidación con ese acuerdo 'in extremis'.

Desde Junts, cuya abstención podría bastar para aprobar el decreto, han sugerido que estarían abiertos al acuerdo que propone Sumar. "Las declaraciones de hoy de Sumar acreditan que han entendido qué defiende Junts y que están dispuestos a ejecutarlo. La pregunta es: ¿qué hará el PSOE?", han señalado fuentes de Junts, que incluso se preguntan si el Partido Socialista "será el responsable de bloquear las medidas a favor de los inquilinos y de los pequeños propietarios". El PNV se abstendrá.

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La prórroga de dos años de los alquileres -alquileres que finalicen entre marzo de este año y diciembre de 2027- dejará de estar en vigor.

Tampoco saldrá adelante la limitación de las actualizaciones de las rentas al 2%.

Esto afecta a más de un millón de contratos de alquiler y a cerca de 2,6 millones de inquilinos. Sobre todo en Madrid, Cataluña y Andalucía, donde se concentran el 54% de las prórrogas.

El decreto ley estableció una prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual que venzan hasta el 31 de diciembre de 2027 por un máximo de dos años ((alquileres que finalicen entre marzo de este año y diciembre de 2027. Aprobado el 20 de marzo, en vigor desde el 22, tras ser publicado en el BOE. Los arrendatarios de estos contratos, cuyo vencimiento contractual se produzca durante la vigencia del RDL, pueden acogerse y pueden solicitar a los propietarios una prórroga legal del contrato hasta dos años máximo. El decreto ha estado en vigor algo más de un mes, desde el 22 de marzo hasta hoy. Serán miles las prórrogas pedidas y miles las dudas.

¿Todas las prórrogas solicitadas se mantienen?

Sergio Gutiérrez, experto inmobiliario. "Si el casero ha aceptado, sí estarán prorrogados, porque es un pacto consensuado entre las partes. Si el casero no ha contestado o se ha negado, se abre la puerta disputas jurídicas que durarán años, y hasta que no llegue al Supremo y siente jurisprudencia, no habrá una doctrina clara sobre este tema.

Javier Gutíerrez, abogado de Legalitas: "Si se cumple con los requisitos, si se ha pedido dentro de la vigencia del Real Decreto, independientemente de lo que diga el casero, las prórrogas deberían permanecer".

¿La prórroga será válida solo para los contratos que hayan venido durante este mes o se aplicará a todos, aunque venzan después del 28 de abril?

Javier Gutiérrez, abogado de Legalitas: "Si se cumpliera el requisito de que el contrato termina dentro del plazo establecido no hace falta que haya mención a este mes".

Otros expertos consideran que solo será aplicable a los contratos que venzan durante esos 30 días. Porque la norma automáticamente queda derogada con efectos a posteriori. Consideran que lo relevante no es el momento en que se solicita la voluntad de sujetarse a la prórroga, sino el momento en que vence el contrato. Si ese vencimiento es posterior a la fecha de no convalidación (28 de abril), el propietario puede oponerse perfectamente porque no cabe aplicar una prórroga cuando ya está derogada.

¿El casero puede modificar el contrato a partir de ahora, aunque el inquilino haya solicitado la prórroga?

Javier Gutiérrez, abogado de Legalitas: "Si el inquilino ha pedido prórroga ahora mismo en el plazo de vigencia de ahora tendría que respetarla pero habrá pleitos".

Sergio Gutiérrez, experto inmobiliario: "Si hay disputa entre inquilino y casero, tendrán que lucharlo en tribunales, pero el problema es que igual acabas en los juzgados cuando ya ha acabado la prórroga del alquiler. Puedes estar más tiempo en los juzgados que esos dos años que iba a durar la prórroga"

Los expertos coinciden en que esta situación genera una enorme inseguridad jurídica para ambos, casero e inquilino, y traerá una oleada de litigios en los tribunales.