La ley establece matices importantes que conviene conocer antes y después de la compraventa
El número de kilómetros máximo admitido para comprar un coche de segunda mano
Comprar un coche de segunda mano siempre implica una dosis de confianza hacia el vendedor, pero también una obligación de comprobar que el vehículo está libre de cargas. Una de las sorpresas más incómodas que puede llevarse un comprador es descubrir, después de la operación, que el coche arrastra multas pendientes del propietario anterior. Aunque pueda parecer que se trata de un problema que pasa automáticamente al nuevo titular, la ley establece matices importantes que conviene conocer antes y después de la compraventa.
Cuándo las multas impiden el cambio de titularidad
La Dirección General de Tráfico (DGT) establece que un vehículo no puede ser transferido si está de baja temporal, tiene impuestos locales sin pagar o acumula sanciones graves o muy graves sin abonar. La Ley de Tráfico, en su artículo 87, concreta que basta con cuatro sanciones firmes graves o muy graves para que no se pueda realizar ningún trámite administrativo sobre el coche, incluida la compraventa.
Esto significa que, si el vehículo tiene únicamente multas leves pendientes, el traspaso podrá efectuarse. Sin embargo, cuando las sanciones son graves o muy graves y superan ese límite, la DGT bloquea la transferencia hasta que se regularice la situación. En casos extremos, si hay un embargo o un precinto judicial, tampoco será posible realizar el cambio de titularidad.
Además, hay que tener en mente que las sanciones cometidas antes de la venta recaen sobre el titular del vehículo en ese momento, es decir, el vendedor. Aunque el coche cambie de manos, la Administración reclamará esas multas al infractor original, siempre que no exista una orden que vincule la deuda directamente al vehículo y no a la persona.
Esto protege al comprador de asumir sanciones que no le corresponden, pero no le libra de posibles inconvenientes si la situación administrativa del coche no estaba completamente en regla en el momento de la compra. Por ejemplo, si la DGT ya había iniciado un procedimiento de embargo, el nuevo propietario podría encontrarse con un vehículo bloqueado.

Cómo evitar problemas antes de firmar
La forma más eficaz de prevenir este escenario es solicitar un informe de antecedentes del vehículo en la DGT antes de cerrar la operación. Este documento muestra, entre otros datos, si existen sanciones asociadas, embargos, precintos o cualquier otra incidencia administrativa que pueda afectar a la propiedad o al uso del coche. El trámite puede hacerse presencialmente o a través de la sede electrónica, y tiene un coste reducido en comparación con los problemas que puede evitar.
Además, conviene consultar el Tablón Edictal Único (TEU) o el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA). Estas plataformas permiten comprobar si un vehículo tiene sanciones notificadas, incluso sin certificado digital, con solo introducir la matrícula o el DNI/NIE del titular. Aunque no sustituyen al informe oficial de la DGT, sirven como una verificación adicional para detectar posibles irregularidades.
Si el coche ya está a tu nombre y descubres que existen multas anteriores, lo primero es identificar si las sanciones son leves o graves. En el caso de las leves, lo habitual es que no afecten a la titularidad y que la Administración las reclame al anterior dueño. No obstante, es recomendable documentar la fecha de compra y disponer del contrato de compraventa para acreditar que no eras el titular en el momento de la infracción.
Cuando se trata de sanciones graves o muy graves que bloquean trámites administrativos, la situación se complica. Aunque legalmente esas multas no te correspondan, si el vehículo está bloqueado, no podrás realizar gestiones como venderlo o darlo de baja hasta que el vendedor las pague o se resuelva la incidencia. Esto puede requerir acudir a una gestoría, iniciar reclamaciones formales o, en última instancia, emprender acciones legales.
Un asunto de diligencia y precaución
La compra de un coche con multas pendientes no siempre implica un perjuicio económico directo para el comprador, pero sí puede generar trámites tediosos y demoras. La clave está en actuar con diligencia antes de firmar: verificar el estado administrativo del vehículo, exigir al vendedor que aporte justificantes de estar al corriente y, si es necesario, incluir en el contrato una cláusula que contemple la cancelación de sanciones previas.
En el mercado de segunda mano, la prisa es mala consejera. Un informe de antecedentes y una revisión de los tablones edictales cuestan poco y evitan que la ilusión por un nuevo coche se convierta en una carrera de obstáculos burocráticos.


