Gobierno vasco dice que retira la renta a detenidos por terrorismo cuando hay una decisión judicial
EUROPA PRESS
22/02/201717:47 h.El Ejecutivo ha respondido, de esta manera, a una pregunta presentada por el portavoz parlamentario del PP, Borja Sémper, en la que le pedía que aclarara si alguno de los detenidos en 2016 por presunta pertenencia a banda terrorista ha cobrado la RGI y que especificara cada caso.
En su respuesta, recogida por Europa Press, la consejera de Empleo y Políticas Sociales, Beatriz Artolazabal, asegura que Lanbide no dispone "de ningún listado" de personas arrestadas por supuesta pertenencia a organización terrorista. "La pertenencia o no a una banda terrorista no es un dato que conste en los expedientes de Renta de Garantía de Ingresos", asegura.
En este sentido, explica que solo cuando un juez "determina o no el ingreso en prisión, ya sea de manera preventiva o definitiva, de un perceptor, Lanbide es informado e, inmediatamente, se procede a realizar un trámite de audiencia con suspensión cautelar" de la ayuda.
Se esta forma, según señala, "se interrumpe el pago de la prestación hasta determinar si procede o no una suspensión definitiva del derecho a la RGI".
MOTIVOS DE SUSPENSIÓN
Artolazabal recuerda que el Decreto 147/2010 que regula la RGI establece los motivos de suspensión del derecho a la prestación, que prevé "que se suspenderá el derecho en el caso de unidades de convivencia unipersonales, el ingreso en centros residenciales públicos o privados o en centros de carácter penitenciario por un periodo de tiempo igual o superior a un mes, siempre que quede cubierta la manutención en el centro en el que se produzca el ingreso".
En contestación a los populares sobre los motivos concretos por los que se concede la RGI a sus perceptores, les remite a la Ley 4/2011, de 24 de noviembre, de modificación de la Ley para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social, que contempla los "requisitos" que debe cumplir una persona para acceder al cobro de la prestación.