El Gobierno actualiza la normativa sobre sanidad y protección animal en el transporte

EUROPA PRESS 25/11/2016 15:30

Entre las novedades, el nuevo Real Decreto establece los puntos de entrada por los que se autorizarán los vehículos de transporte por carretera de animales y piensos que provengan cargados o vacíos de terceros países, debido a su dotación de personal inspector así como a la presencia de unas adecuadas instalaciones.

De este modo, con la presencia de instalaciones de limpieza y desinfección en los puertos, se busca disminuir el riesgo de transmisión a través de vehículos de transporte de la fiebre aftosa u otras enfermedades que pudieran aparecer o reaparecer en el norte de África y que de llegar a España, tendrían un impacto económico muy importante en el sector agroalimentario.

Además, se actualiza e integra en un solo texto las disposiciones normativas vigentes y se designan los puntos por los que podrá autorizarse la entrada de los vehículos de transporte por carretera de animales y piensos que provengan de terceros países.

El Real Decreto, aprobado a propuesta del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, tiene como objetivo cumplir con los principios de unidad de mercado y de simplificación y eliminación de cargas administrativas innecesarias en beneficio de los operadores comerciales y de los ciudadanos en general.

Además, elimina la obligatoriedad de la aprobación del registro de actividad y se establece explícitamente la validez en todo el territorio nacional de las autorizaciones y demás medios de intervención de las distintas autoridades competentes.

Con este real decreto se deroga el 751/2006 de 16 de junio sobre autorización y registro de transportistas y medios de transporte de animales y por el que se crea el Comité español de bienestar y protección de los animales de producción, que ha sido modificado en varias ocasiones y se actualiza su contenido en base a las necesidades que se han puesto de manifiesto tras su publicación.