Las comunidades islámicas tienen "plena autonomía" para dictar sus normas y designar a imanes, según la ley

EUROPA PRESS 23/08/2017 15:04

Las comunidades islámicas y mezquitas, al igual que las iglesias y otras comunidades religiosas de otras confesiones inscritas en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia, tienen "plena autonomía" para establecer sus propias "normas de organización y régimen de su personal" y derecho a designar y formar a sus ministros de culto --imanes, en el caso del Islam--, según establece la Ley de Libertad Religiosa, que entró en vigor en 1980.

"Las Iglesias, Confesiones y Comunidades religiosas inscritas (en el Registro) tendrán plena autonomía y podrán establecer sus propias normas de organización, régimen interno y régimen de su personal", reza la ley, al tiempo que reconoce el derecho de estas a "establecer lugares de culto o de reunión con fines religiosos" y "a designar y formar a sus ministros".

Por otro lado, el Acuerdo de Cooperación firmado en 1992 entre la Comisión Islámica de España (CIE) y el Estado, recoge las definiciones tanto de 'mezquita' como de 'imán'. En el primer caso, señala que son mezquitas o lugares de culto de las comunidades islámicas "los edificios o locales destinados de forma exclusiva a la práctica habitual de la oración, formación o asistencia religiosa islámica, cuando así se certifique por la comunidad respectiva, con la conformidad de la Comisión Islámica de España".

En cuanto a los dirigentes religiosos islámicos e imanes, precisa que son "las personas físicas dedicadas con carácter estable a la dirección de las comunidades" --inscritas en el Registro de Entidades Religiosas--, "a la dirección de la oración, formación, asistencia religiosa islámica" y "acrediten estos requisitos mediante certificación expedida por la comunidad a que pertenezcan, con la conformidad de la Comisión Islámica de España".

El presidente de la Comisión Islámica de España, Riay Tatary, ha explicado a Europa Press que el procedimiento para contratar a un imán en una mezquita pasa por que tenga "una formación tradicional o universitaria" y sea elegido por la comunidad islámica correspondiente a través de su junta directiva.

"Lo nombran por ejemplo por un año y le dan, como a cualquier trabajador, un periodo de tiempo, y si ven que es aceptado por la comunidad, lo nombran", explica Tatary.

Además, en el caso de que estos imanes vayan a dar clase a niños o adolescentes, se les exige el certificado de delitos de naturaleza sexual, al igual que a todos los trabajadores que vayan a tener contacto con menores.

Si bien, Tatary precisa que no tienen acceso a otros antecedentes penales y, por ello, pide a las administraciones del Estado que avisen a la Comisión Islámica de España, interlocutora con el Gobierno, de antecedentes penales como los del imán de Ripoll, cerebro de los atentados perpetrados la semana pasada en Barcelona y Cambrils.