CiU y ERC pactan prohibir cortes de luz entre noviembre y marzo

Noticias Cuatro/Agencias 11/12/2013 22:24

Con todo, la enmienda es de alcance restringido por los requisitos para ser beneficiario de este derecho, y supone el aplazamiento de la deuda acumulada, que los usuarios podrán satisfacer entre los meses de abril y octubre siguientes de forma íntegra o fraccionada; pueden acordar la forma de pago con el suministrador o a través de mediación o arbitraje.

Los beneficiarios solo podrán ser hogares en los que toda la unidad familiar sean pensionistas por jubilación, incapacidad permanente o viudedad, con ingresos no superiores a la pensión mínima o que estén en paro y no perciban unos ingresos superiores a la renta mínima de inserción.

El total de ingresos de la unidad familiar no podrá sobrepasar el indicador de Renta de Suficiencia, y deberán acreditar que las tarifas contratadas responden a la modalidad de tarifa social.

Las empresas suministradoras deberán disponer de un informe de los servicios sociales básicos sobre la situación de la persona o familia antes de interrumpir el suministro; las administraciones públicas deberán emitir este informe en un máximo de dos meses desde su solicitud, y tendrá una vigencia de seis meses, aunque se puede renovar.