El TUE dice que el plazo para devolver a un demandante de asilo a país de entrada a la UE expira en seis meses

EUROPA PRESS 25/10/2017 13:34

El caso responde al de un ciudadano iraní que presentó una solicitud de protección internacional en Austria, país al que llegó a través de Bulgaria, en donde también había presentado anteriormente una petición de asilo.

Las autoridades búlgaras aceptaron la readmisión del demandante de asilo desde Austria, pero éste impugnó la decisión alegando que la "responsabilidad de examinar" el expediente de asilo se había transferido a Austria.

El ciudadano iraní argumenta que, de acuerdo al reglamento de Dublín, esta transferencia de competencias se produjo porque su traslado a Bulgaria no se cumplió en los seis meses siguientes a que las autoridades de este país admitieran su vuelta.

El Tribunal con sede en Luxemburgo ha respondido en su fallo de este miércoles que "si no se ejecuta en seis meses" el traslado, la responsabilidad "se transfiere de pleno derecho" al segundo Estado miembro, sin necesidad de que el primero se niegue a hacerse cargo de la persona.

Esta condición está prevista en la normativa comunitaria para garantizar que el examen de la solicitud de protección internacional se retrase aún más en caso de que haya un primer retraso en el procedimiento de readmisión o toma a cargo.