La Justicia española no investigará los casos de torturas cometidos en Guantánamo

Noticias Cuatro/Agencias 11/01/2016 16:40

En un auto del que ha sido ponente el magistrado Antonio Díaz Delgado, la Sección Tercera de la Sala de lo Penal rechaza los recursos que fueron presentados por las defensas de las víctimas contra el auto que dictó en julio pasado el juez José de la Mata en el que acordaba el fin de la investigación sin el procesamiento de ninguno de sus responsables.

El tribunal recuerda que, tras la "doble reacción legislativa" que limitó la justicia universal, en referencia a los dos recortes en su aplicación que aprobaron los Gobiernos del PSOE y el PP en 2009 y 2014, respectivamente, resulta imposible que un Estado pueda "investigar y perseguir" delitos cometidos fuera de su territorio "sin limitación alguna".

"De los tratados que configuran el Derecho Penal Internacional no se deriva con carácter imperativo la necesidad de establecer en cada Estado firmante un modelo de Jurisdicción Universal absoluta e incondicionada", señala el auto de la Sección Segunda.

Españoles o residentes

El tribunal, presidido por el juez Alfonso Guevara y completado por Fermín Echarri, recuerda que la última reforma de la justicia universal exige que los responsables de los hechos delictivos investigados "sean españoles o se encuentren en España", lo que no ocurre en este caso, en el que la investigación ni siquiera ha podido concretar su identidad "nominativamente" por la falta de colaboración de los autoridades de Estados Unidos, que no cumplimentaron las comisiones rogatorias cursadas desde la Audiencia Nacional.

De esta manera, los magistrados desestiman los argumentos planteados por las defensas de Hamed Abderraman Ahmed, nacido en Ceuta y conocido con los alias de 'Hamido' y el 'talibán español'; el marroquí Lahcen Ikassrien, con residencia y arraigo en nuestro país; el palestino Jamil Adullatif El Banna y el libio Omar Deghayes.

Todos ellos y otros colectivos como la Asociación Libre de Abogados (ALA), el Centro por los Derechos Constitucionales y la Asociación Pro Dignidad de los Presos y Presas de España argumentaron que España tiene jurisdicción para investigar estos hechos por la preeminencia del III Convenio de Ginebra y el Convenio contra la Tortura sobre las legislaciones nacionales.

"Estricto canon del supremo"

De la Mata propuso a la Sala de lo Penal que archivara la causa al considerar que los hechos investigados no eran "susceptibles de encajarse" en la nueva redacción del artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que regula el principio de jurisdicción universal de los tribunales españoles, tras el "muy estricto y duro (por lo restringido) canon interpretativo" que el Tribunal Supremo adoptó en abril de 2015 en el 'caso Tíbet'.

La querella, presentada en 2009 por las asociaciones recurrentes, Izquierda Unida (IU) y la Asociación Pro Derechos Humanos de España (APDHE), se dirigía contra seis miembros de la Administración del ex presidente estadounidense George W. Bush que pusieron las bases legales para la creación de Guantánamo.

Se trataba, en concreto, del consejero general del vicepresidente Dick Cheney, David Addington; el asistente del fiscal general Jay S. Bybee; el subsecretario de Defensa para Asuntos Legales, Douglas Feith, el consejero general de la Oficina del secretariado de Defensa William J. Haynes; el segundo asistente del fiscal general John Yoo y el consejero de Bush Alberto R. Gonzáles.

La investigación fue abierta en enero de 2010 por el juez Baltasar Garzón contra "las personas que tuvieran bajo su guardia y custodia a los detenidos y las que autorizaron o practicaron los actos" descritos en la querella, todos ellos "miembros del Ejército de Estados Unidos y la inteligencia militar", así como los que "ejecutaron y/o diseñaron un plan sistemático de torturas o malos tratos inhumanos o degradantes".