Tudanca, sobre su positivo por alcohol en 2008, subraya diferencias entre una multa y un delito penal como el de Valdeón

EUROPA PRESS 15/06/2017 18:24

En declaraciones a los periodistas este jueves en Zamora, Tudanca ha recordado que en su caso, con una tasa de 0,43 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, se trató de una infracción administrativa que implicó una sanción económica, mientras que Valdeón fue condenada por un delito de conducción bajo los efectos del alcohol al superar los 0,70 miligramos --se considera delito a partir de 0,60--.

"Las diferencias las establece la ley y los jueces", ha apuntado Tudanca.