El Constitucional deja en suspenso la ley de ruptura de Cataluña

Noticias Cuatro / Agencias 12/09/2017 13:36

Tal y como solicitaba la Abogacía del Estado, el tribunal de garantías apercibe personalmente tanto al presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, como al resto de miembros del Gobierno; a la presidenta del Parlamento de Cataluña, Carme Forcadell, y a los miembros de la Mesa y también a los miembros de la Sindicatura Electoral de que no pueden dictar ningún acuerdo dirigido a ejecutar las previsiones de los 89 artículos de la ley.

Los magistrados, que han estado reunidos unas tres horas, habían incluido también en su orden del día el recurso del Gobierno central contra la ley del código tributario con la que la Generalitat pretende crear una Hacienda propia, que ha sido igualmente admitido y sobre el que también pesa a partir de este martes una suspensión cautelar mientras se resuelve sobre el fondo.

Los magistrados han dejado para mañana, según las fuentes consultadas, otros asuntos relacionados con el proceso independentista como es el recurso de súplica que Forcadell había presentado contra la decisión que el tribunal adoptó el pasado jueves de no apartarse de estas decisiones tal y como ella les había solicitado por no considerarles imparciales. También estudiarán una adición del Gobierno en su recurso contra la sindicatura electoral, referida al título quinto de la norma.

El Parlamento de Cataluña aprobó el pasado jueves por la noche la denominada Ley de Transitoriedad Jurídica y fundacional de la república catalana' con la que JxSí y la CUP quieren consumar la ruptura de Cataluña del resto de España si gana el 'sí' en el referéndum del 1 de octubre.

La aprobación se llevó a cabo pese a que el Tribunal Constitucional (TC) había acordado poco antes la suspensión de la ley de referéndum, de los decretos de convocatoria y organización de la consulta de autodeterminación para el próximo 1 de octubre y otro acuerdo que permitió el nombramiento de una Sindicatura que pretende ejercer de Junta Electoral.

En su recurso contra la ley de Transitoriedad Jurídica y Fundacional de la República de Cataluña, el Ejecutivo señalaba que ésta constituye, junto con la ley del referéndum de autodeterminación, "la mayor afrenta y amenaza a la destrucción de las normas de convivencia que la sociedad española se dio en el año 1978".

LAS CLAVES DE LA LEY DE RUPTURA

La Ley establece un periodo transitorio de aproximadamente un año para crear una Constitución y convocar las primeras elecciones de una república catalana. En el periodo transitorio seguirían vigentes las normas de la UE, los tratados internacionales y todas las leyes estatales que "no contradigan" la ley catalana de transitoriedad jurídica y se podrían recuperar todas aquellas normas catalanas que ya haya suspendido el Tribunal Constitucional (TC) y volverles a dar rango legal.

Precisamente hoy, funcionarios del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) han notificado a los miembros de la Mesa del Parlament de JxSi y SiQueEsPot, la querella de la Fiscalía contra ellos. En rueda de prensa, la presidenta de la Mesa, Carem Forcadell, ha dicho que "ningún tribunal puede decidir el futuro de esta país” y que ellos "no son censores" a las órdenes del Gobierno central.