Declarará como imputado el delegado del Gobierno de Murcia

Noticias Cuatro/agencias 24/06/2014 20:02

En la misma resolución, se da la facultad a la alcaldesa de Cartagena del PP y diputada nacional, Pilar Barreiro, de asumir la condición de parte y declare voluntariamente, y no beneficiarse de su condición de aforada.

En la parte dispositiva se pide que Pilar Barreiro, imputada por el delito de prevaricación, se acredite documentalmente su condición de diputada nacional, informa el TSJ de Murcia.

Igualmente, se cita a declarar como imputados a Luis R.A., Antonio A., José María B.T. y Manuel A.G.Z. Las comparecencias están previstas para los días 2, 4 y 8 de julio.

Por último, se requiere al secretario del Ayuntamiento de Cartagena que certifique si se ha expedido licencia de movimiento de tierras sobre los terrenos del proyecto Novo Carthago; y a la Inspección de Hacienda para la pronta terminación de las informaciones patrimoniales de los imputados anteriores, pidiendo, asimismo, dichos informes patrimoniales respecto a los nuevos imputados, a excepción del relativo a Barreiro.

La resolución no es firme y cabe recurso de reforma ante el mismo magistrado y subsidiario de apelación, o recurso de apelación directamente.

ACTUACIÓN DE BASCUÑANA Y BARREIRO

La actuación contra Bascuñana se refiere a que, en su condición de consejero de Obras Públicas y Urbanismo en 2005, "firmó la aprobación definitiva de la Modificación Puntual del PGOU de Cartagena en San Ginés de la Jara".

Una resolución, según el magistrado instructor, que "puede ser prevaricadora" al aprobar una reclasificación a suelo urbanizable de un Espacio Natural Protegido calificado como Suelo No Urbanizable de Protección Especial y "vulnerar", asimismo, la Ley de Protección de Espacios Naturales y la Ley de Ordenación y Protección del Territorio de la Región, procediendo a la "voladura" de las leyes estatales y autonómicas en materia de Medio Ambiente.

Tras hacer referencia al informe del fiscal, que lo ve con "gran acierto", pone de manifiesto que "se está ante un delito de prevaricación continuada, en el que se produce una serie de actos sucesivos, todos ellos concatenados, no pudiendo entenderse la última resolución de Bascuñana sin las anteriores y ninguno es intrascendente para conseguir el fin pretendido, todos son necesarios y esenciales".

Igualmente, en los fundamentos de derecho, considera que hay indicios racionales de "criminalidad" en la presente causa contra Barreiro, siendo su actuación "contraria" al Derecho, al respeto a los Espacios Naturales y Paisajes Protegidos.

Entiende que la actuación fue la tendente a "evitar la revisión del Plan General a sabiendas y de modo deliberado, porque no convenía a los intereses espurios en juego", por lo que el descaro y desprecio por el Derecho "es de tal magnitud".

En definitiva, una "demoledora radiografía" en la que procedieron a desmantelar el ordenamiento jurídico medioambiental.

Se remite a la Ley del Suelo de Murcia, que dice "de modo imperativo y categórico" que "no podrán aprobarse modificaciones de Plan General para cambiar la clasificación o calificación de Suelo No Urbanizable protegido que se motive en la eliminación de los valores que justificaron aquellos". Sin embargo, dice, Barreiro "convocó los sucesivos Plenos con gran celeridad para aprobar una modificación del Plan General para cambiar la clasificación de Suelo No Urbanizable Protegido".

Además, la orden de reinicio del Plan de Ordenación de Recursos Naturales de Espacios Abiertos e Islas del Mar Menor se firmó por el consejero Cerdá, según reconoció el mismo en su declaración, y que "como el concejal de Urbanismo Guillén fue designado cuatro días después de firmarse esta orden por Cerdá, el 'pactum scaeleris' se produjo inicialmente, al menos, entre Barreiro, Cerdá y Rafael G., de la empresa Hansa Urbana".

Asimismo, "existe constancia documental de que Hansa Urbana S.A., casi un año antes de firmar la orden Cerdá, compró una finca rústica en la zona de Miramar, por valor de casi 2.500 millones de pesetas, y hace constar en el documento público notarial que va a promover una modificación puntual al Ayuntamiento de Cartagena para que se clasifique como suelo urbanizable sectorizado lo que acaba de comprar Hansa, lo que se produce estando Barreiro de alcaldesa en 2002 y 2003 y años posteriores, convocando el Pleno del Ayuntamiento para que se produzca la aprobación".

Precisamente, en el auto que dictó en abril el magistrado instructor, en los fundamentos jurídicos ya se recogía que "todo cambió" cuando entró en escena la empresa inmobiliaria Hansa Urbana S.A. Cerdá, tras una conversación con dicha empresa, llamó a Carlos B., director general del Medio Natural y le dijo que "con Lo Poyo había que hacer algo".

Advierte el instructor que el proyecto urbanístico de Hansa Urbana afectaba al paraje natural protegido por la Ley Autonómica 4/1992, de modo que encargó a María Antonieta F., como asesora eventual del gabinete del consejero, la elaboración de un documento.

Y es que, el problema jurídico al que se enfrentaban es que "si seguían las normas de la Ley Estatal 4/1989 sobre Conservación de Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestre y la Ley 4/1992 de 30 de Julio de Ordenación del territorio de la Región tenían que haberle denegado el proyecto a Hansa Urbana S.A. y decirle que no se podía hacer porque afectaba a Espacios Naturales Protegidos".

De esta forma, recuerda que Cerdá, Brugarolas y Fernández, "a sabiendas de que es contrario a la justicia, iniciaron un P.O.R.N. en junio de 2003 para dictar una resolución que sólo respondía a su voluntad y capricho".

En concreto, la superficie de modificación abarcaba 590 hectáreas que pasarían de suelo no urbanizable a suelo urbanizable sectorizado. En el estudio de impacto ambiental del Proyecto de Modificación Puntual se estimaba un número total de 10.000 viviendas para 35.000 habitantes, además de hoteles, apartamentos turísticos, áreas comerciales y equipamientos terciarios, entre los que se encontraban campos de golf y cerca de 10.000 plazas de aparcamientos.

Unos impactos que afectaban a la "integridad" del enclave del Saladar de Lo Poyo, dado que se provocaría "la alteración de sus funciones ecológicas y la desvinculación de los objetivos de conservación de dicho lugar, sobre todo por la condición de Zepa por la que fue propuesto, y en la que está integrado este enclave".

DÍAS DE LAS CITACIONES

De esta forma, el consejero Cerdá declarará el 2 de julio, a las 10.30 horas, advirtiendo que en el caso de que no comparezca "podrá convertirse la orden de comparecencia en orden de detención".

Bascuñana está citado como imputado por el delito de prevaricación el 2 de julio, a las 12.00 horas, igualmente con "apercibimiento de que caso de incomparecencia podrá convertirse la orden de comparecencia en orden de detención".

Luis R. está citado el 4 de julio, a las 10.30 horas, y Antonio A. lo hará a las 12.00 horas. Finalmente, el 8 de julio lo hará José María B., a las 10.30 horas; y Manuel Alfonso G. a las 12.00 horas, todos ellos por delito de prevaricación y con apercibimiento de que caso de incomparecencia podrá convertirse la orden de comparecencia en orden de detención.