Absuelto el líder de Def con Dos del enaltecimiento a ETA y los GRAPO

Noticias Cuatro | Agencias 19/07/2016 17:40

En la sentencia los magistrados Fernando Grande-Marlaska y Manuela Fernández de Prado, que ha sido la ponente de la resolución, consideran que el cantante ahora absuelto utiliza en sus trabajos artísticos un "marcado tono provocador, irónico y sarcástico" ya que emplea recursos propios de las historias de terror y acción para envolver el mensaje de fondo".

Añade la Audiencia Nacional en su resolución que en sus "manifestaciones artísticas " Strawberry mantiene "un tono crítico con la realidad social y política, tratando que el público comprenda el sentido metafórico y ficticio que envuelven sus obras, respecto al concepto de fondo siempre de carácter pacífico y exclusivamente cultural". Por ello concluyen que los hechos no encajan en el Código Penal.

Por su parte, el magistrado Nicolás Poveda firma un voto particular al entender que el acusado debía haber sido condenado por delito de enaltecimiento por encontrar discurso de odio en la actuación del cantante.

No aplica la posición del Supremo

La sentencia hecha pública el martes no aplica al caso del líder de Def con Dos la argumentación fijada sobre este tipo de mensajes por el Tribunal Supremo, que establece que el "discurso del odio" en Twitter no está amparado por la libertad de expresión. Se trataba de la primera vez en la que el Tribunal Supremo se pronunciaba sobre este asunto al condenar a María Lluch Sancho por humillar a víctimas de ETA como Irene Villa y Miguel Ángel Blanco, haciendo uso de su cuenta de Twitter 'Madame Guillotine' (@melodalger).

En los hechos probados de la sentencia de hoy, la Sala destaca que Montaña Lehman ha publicado cinco novelas y ha hecho incursiones en el mundo del cine y la televisión como guionista, actor, director y productor, además de colaborar en prensa y televisión. Subraya asimismo que este reconoció durante la vista haber enviado los mensajes si bien negó que se tratara de expresiones para humillar a las víctimas o para apoyar cualquier forma de violencia, además de hacer alusión al uso del sarcasmo y la ironía "para hacer pensar más allá de los dogmas ideológicos que tratan de inculcarnos".

Busca lo contrario a la violencia, según la sala

En este contexto, el tribunal dice que las explicaciones y contextualizaciones que el acusado fue dando durante el juicio "se ven corroboradas por el dato de que en sus manifestaciones artísticas no existe una defensa de la violencia si no es precisamente para, desde el sarcasmo y la ironía, provocar el efecto contrario". Por ello concluye que los hechos no son constitutivos de delito y absuelve al cantante.

El fiscal mantuvo tras la vista del pasado martes la petición de 20 meses de cárcel para Strawberry, si bien pidió a la Sala que, en el caso de condenarle, el tiempo de inhabilitación para el artista se elevara de los ocho años, que se pedían en el escrito provisional, a 16. Igualmente, incrementó el tiempo en el que, a su juicio, Strawberry debería estar sometido a libertad vigilada tras el cumplimiento de su pena, que estima en tres años y medio en vez de dos.

El líder de Def con Dos señaló durante el juicio sobre el mensaje que vertió en la red social sobre la ex presidenta del PP madrileño Esperanza Aguirre --"El fascismo sin complejos de Esperanza Aguirre me hace añorar hasta a los GRAPO"-- que "sería una fanfarronería dialéctica e irónica" para poner "el acento en lo absurdo" que era la comparación que hizo la 'popular' sobre ETA y Podemos. "Lo planteo como una cosa negativa, es un extremismo político que no tiene sentido", aseguró.

Otros de los 'tuits' por lo que se le acusó de enaltecer el terrorismo son los relacionados con el funcionario de prisiones José Antonio Ortega Lara, que permaneció 532 días secuestrado por ETA, y el socialista Eduardo Madina, quien sufrió un atentado en febrero de 2002. En concreto escribió: "A Ortega Lara habría que secuestrarle ahora" y "Street Figthter edición post-ETA: Ortega Lara versus Eduardo Madina". Aseguró al respecto que "nunca habría que haber secuestrado" a Lara y que con este mensaje sólo pretendía criticar los "presupuestos ideológicos" de éste como político tras anunciar su candidatura en VOX. Dice que mencionó este videojuego de artes marciales para hacer una "alegoría gráfica" para representar "dos formas de entender" la conciliación entre la vida política y la de víctima. A juicio del acusado, Ortega Lara "tiene como principal capital el padecimiento", mientras que el socialista no ha hecho "de su condición de víctima, su único argumento político".

Voto particular

En su voto particular, el magistrado Poveda discrepa de sus compañeros al entender que precisamente la proyección pública de Montaña Lehman como artista le debía haber llevado a valorar "el eco de sus pronunciamientos, siquiera con mayor cuidado".

Entiende que no se trata de establecer un control sobre el destinatario de los mensajes, si bien no considera válido "decir lo que se piense o se quiera y disfrazarlo bajo una supuesta ironía o sarcasmo del que genera la expresión". No considera suficientes las justificaciones realizadas por el cantante y por ello cree que debió ser condenado por un delito de enaltecimiento.