Condenan a 65 años de prisión al hombre que raptó y abandonó en un pozo a dos niños

Noticias Cuatro 30/04/2014 16:35

La Sección Segunda considera acreditado que el acusado cometió dos delitos de tentativa de asesinato (38 años), dos delitos de detención ilegal (12 años) y un delito de violación (15 años) que suman un total de 65 años de prisión.

La condena se completa con indemnizaciones de 500.000 y 300.000 euros por daños morales a los menores, así como con sanciones penales accesorias que establecen medidas cautelares de alejamiento y de libertad vigilada.

Con ello, el tribunal impone la misma pena reclamada por la Fiscalía al inicio del juicio y rechaza los atenuantes aludidos por la defensa de Juan José R.A.(que ya fue condenado en 1983 a 23 años de cárcel por una violación) de alteración psíquica y de alteración por intoxicación etílica y consumo de drogas.

En el auto se expone que las pruebas periciales practicadas incluyen conclusiones "contundentes" y remarcan que "no existe base para considerar" que ni la toxicomanía o alcoholismo invocados por la defensa del acusado "afecten a la capacidad intelectual o volitiva de Juan José R. A., que le hagan merecedor de circunstancia modificativa de responsabilidad alguna". Aparte, en el cargo de violación considera acreditado el agravante de trato "vejatorio y degradante".

El ya condenado abordó ese año a los hermanos, de origen rumano, y les dijo que se acercaran a su coche con la excusa de que les iba a regalar un perrito. Tras secuestrarles, les llevó a una parcela y arrojó a uno de los niños a un pozo de unos dos metros de altura. Tras ello, se llevó a su hermana a una casa abandonada y la violó. A continuación, la arrojó desnuda al pozo junto a su hermano.

Al ver que no era demasiado profundo, decidió arrojarles en otro pozo de unos ocho metros de profundidad que se encontraba dentro de una caseta de obra. Y les arrojó con fuerza sobre sus cabezas tablas de madera para ocultarles.

Protección a los menores

En la vista oral del juicio celebrado el pasado marzo, se visionó la grabación de la entrevista de declaración realizada a los dos menores como prueba preconstituida, con el objetivo de proteger la intimidad de los niños y que no tuvieran que pasar la experiencia de declarar en una sala de vistas, según recuerda el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

La citada se practicó en las dependencias del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Torrejón de Ardoz, mediante el sistema de circuito cerrado de televisión, a fin de evitar la confrontación visual de los menores con el imputado, conforme se aconsejó por los psicólogos de la Guardia Civil sobre el modo de llevar a cabo la exploración de los menores en sede judicial.

El día que se celebró la prueba preconstituida, los niños con los psicólogos se encontraban por separado en el despacho del Secretario Judicial y los restantes asistentes en la Sala de Vistas, estando presente el imputado, asistido por su abogada; la letrada de la Acusación Particular, el Ministerio Fiscal, Juez Instructor y dando fe de todo lo actuado el Secretario Judicial, quedando registrado el acto, en soporte digital con el sistema de grabación aludido así como por los medios técnicos de la grabación de la Benemérita.