Condenado por matar a su hermana estrangulándola con el cable de una plancha

Noticias Cuatro / Agencias 12/02/2018 16:46

Según se declara probado en la sentencia, el acusado residía en Marruecos, donde tiene su domicilio habitual, pero cuando venía a España, bien porque tuviese alguna revisión por su enfermedad o por otro motivo, pernoctaba en la casa de su hermana en Torremolinos (Málaga).

La relación de ambos hermanos era cercana y buena, aunque discutían en ocasiones en sus visitas. Ella utilizaba a veces expresiones como "eres un inútil", "no haces nada" o "tienes que buscar trabajo y ganarte la vida".

Una noche de octubre de 2016, a la hora de la cena, ambos discutieron de nuevo. La mujer le reprochaba la pasividad que él tenía para encauzar su vida. Las voces durante la polémica fueron escuchadas de madrugada por los vecinos y las recriminaciones de su hermana "hicieron nacer en el acusado la idea de acabar con la vida de ésta", dice la sentencia.

El hombre esperó a que su hermana se durmiera y entonces cogió una plancha, se dirigió al dormitorio de ésta y, "se abalanzó sobre ella golpeándole en la cabeza con el referido objeto", momento en el que la víctima se despertó, "apretándole entonces el acusado la boca y el cuello con gran fuerza".

De esta forma, la mujer no pudo defenderse ni tampoco pedir auxilio, "asegurándose el resultado buscado, utilizando el cable de la plancha, que enroscó fuertemente en el cuello de Fátima, estrangulándola con él hasta que falleció", se indica en la resolución.

Una vez finalizada la agresión, se cambió de ropa y se marchó de la vivienda; estuvo bebiendo en varios bares y permaneció ilocalizable todo el día, sin contestar a las múltiples llamadas telefónicas que le realizó su sobrino, hijo de la víctima, porque tenía apagado el móvil.

Sobre las 20.27 horas, el acusado contactó telefónicamente con la Comisaría Provincial, "manifestando que había matado a su hermana y que necesitaba ir a la vivienda porque tenía allí la medicación para la diabetes y no se encontraba bien", facilitando en ese momento la localización del piso, su nombre y dónde se encontraba.

En el momento de hacer esta llamada el acusado no sabía que la Policía Nacional ya tenía noticias de la muerte de su hermana a través del hijo de ésta. Cuando es localizado el procesado, al percatarse de la presencia policial, trata de rehuirla, siendo no obstante detenido en ese momento.

Una vez detenido volvió a hacer manifestaciones similares a las que hizo cuando llamó por teléfono y dijo que había matado a su hermana. Así, se le aplica la circunstancia que atenúa la pena de confesión de los hechos; aunque no la de arrebato, no considerando el jurado que su reacción fuera proporcionada a la discusión mantenida.

En este sentido, se considera "incompatible el impulso emocional que exige el arrebato con la premeditación del hecho, dado eltiempo transcurrido entre la discusión y la muerte", máxime, además, tras quedar descartada por los peritos forenses cualquier patología mental en el acusado. También concurre la agravante de parentesco.