Condenado a once años de cárcel por el homicidio de su compañero de piso en Bilbao

EUROPA PRESS 11/10/2016 14:09

La sección primera de la Audiencia Provincial de Vizcaya ha condenado a once años de prisión al hombre de 54 años al que un jurado popular halló culpable, a finales del pasado mes de septiembre, del homicidio de su compañero de piso en Bilbao en agosto de 2015. Asimismo, le condena a indemnizar a la madre de la víctima con una cantidad cercana a los 70.000 euros.

El jurado popular halló al acusado culpable de un delito de homicidio con el agravante de abuso de superioridad y el atenuante de actuar bajo la influencia de las bebidas alcohólicas.

Los hechos por los que ha sido condenado, se remontan al 23 de agosto de 2015 en Bilbao. Según recoge la sentencia, durante la madrugada de ese día, el homicida, nacido en Paraguay y con nacionalidad española, se fue de fiesta con la víctima, su compañero de piso, encontrándose con otros amigos, entre los que se encontraba la hija de la compañera sentimental del primero.

En el transcurso de la noche, la chica "estuvo dándose besos y caricias" con la víctima, lo que despertó los recelos de la pareja de su madre, quien la condujo de nuevo hasta su grupo inicial de amigos.

Al regresar al local en el que estaba a su compañero de piso, entre ambos se produjo una discusión, tras la cual, la víctima propinó varios puñetazos al homicida antes de ser separados por el resto de amigos presentes en el lugar.

Una vez que los dos compañeros de piso regresaron a casa, cada uno por separado, volvieron a mantener una discusión, no constando que se produjeran agresiones mutuas. Sin embargo, se considera probado que, posteriormente, el condenado cogió un cuchillo de cocina de 10 centímetros y asestó a la víctima una puñalada en el hemitórax izquierdo "aceptando la posibilidad de causar la muerte". A consecuencia de las heridas, su compañero de piso falleció el 26 de agosto.

La resolución judicial subraya que el condenado "se aprovechó conscientemente de que tenía un cuchillo", y que la víctima "no tenía arma u objeto alguno", para facilitar la cuchillada que le causó la muerte a su compañero de piso.

"TRES O CUATRO MOJITOS"

Asimismo, pone de manifiesto que, debido a que durante la madrugada del crimen el condenado había consumido, a medias, tres o cuatro vasos de mojito de ron, "su libertad y voluntad para adecuar su actuación (a su concepción de lo justo e injusto) la tenía levemente disminuida en el momento de los hechos".

La resolución podrá ser recurrida en apelación ante la sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) en el plazo de 10 días, a partir de su notificación.