AUME critica la nueva regulación de la jornada laboral de los militares porque queda "al albur del jefe"

EUROPA PRESS 10/08/2016 17:28

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la orden ministerial por la que se define la duración de la jornada laboral, los horarios, las medidas de flexibilidad horaria o los descansos obligatorios y adicionales o los cómputos de tiempo, entre otras cuestiones.

Aunque la orden fija unos horarios muy específicos, también deja claro que "cuando las necesidades del servicio, operativas o de adiestramiento de la unidad así lo requieran, los jefes de unidad podrán variar temporalmente los horarios establecidos de forma motivada".

UN NUEVO REVÉS

Para la asociación profesional mayoritaria, esta orden publicada hoy "supone un nuevo revés a los derechos de los militares", pues "reduce y cercena los descansos, regulando los horarios en función del jefe de turno, de tal forma que vuelve a aparecer en las Fueras Armadas un estado de servidumbre, impropio de unas Fuerzas Armadas modernas, propias de un Estado democrático y de Derecho".

"Los descansos y vacaciones del personal en misiones, navegaciones, maniobras, etc., quedan al albur del jefe de turno sin que, a priori, el personal que deba realizar dichas actividades pueda tener presente del tiempo de descanso que dispondrá", denuncia, tras lo cual añade que "la conciliación familiar desaparece y no es tenida en cuenta".

Según AUME, la orden ministerial no tiene en cuenta ni la disponibilidad permanente ni su configuración en la Ley Orgánica de Derechos y Deberes de las Fuerzas Armadas. Tampoco, apunta, "se delimitan las necesidades del servicio" u "operativas" y "no se regulan ni se retribuyen las horas extraordinarias" así como las guardias.

Por todo ello, la asociación critica que el Ministerio de Defensa es "muy sensible con la industria y las puertas giratorias", pero se muestra "totalmente insensible a los derechos al descanso y a la conciliación familiar de los militares".

EN PLENO MES DE AGOSTO

Además, afea al Gobierno en funciones que publique esta orden en pleno mes de agosto y que su entrada en vigor sea inmediata, de tal forma que "los militares, al volver de sus vacaciones, verán variados su jornada y el horario, sin haber tenido tiempo para adaptarse y planificar su vida y la de sus familias".

Por todo ello, la principal asociación de militares anuncia que recurrirá esta orden ministerial ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

La orden publicada en el BOE también establece una regulación sobre el régimen de descanso compensatorio del personal militar por actividades que superan la jornada habitual de trabajo. Por ejemplo, en los casos de realización presencial de guardias o servicios de 24 horas o más ininterrumpidas de actividad y dedicación exclusiva, se concederá un descanso obligatorio de un día laborable.

Se regulan, asimismo, las normas sobre la jornada reducida y la flexibilidad horaria para aquellos militares que tengan a su cargo personas mayores o con enfermedades graves o discapacidad, hijos menores de 12 años, así como para aquellos que se reincorporen al finalizar un tratamiento de radioterapia o quimioterapia.