El etarra Juan Manuel Píriz abandona la prisión de Botafuegos

Noticias Cuatro 25/10/2013 14:15

Según han confirmado fuentes penitenciarias, Píriz López ha abandonado el penal a las 17,00 horas. Así, se da cumplimiento a la decisión adoptada, con un sólo voto en contra, por el Pleno de la Sala de lo Penal tras una reunión que se ha prolongado durante más de cuatro horas.

La fecha de licenciamiento de Juan Manuel Píriz antes de aplicársele la 'doctrina Parot' había sido fijada para el año 2009.

En el trámite ordinario la Fiscalía se opuso a la excarcelación cuando tuvo que informar sobre el recurso que había presentado su defensa

La Audiencia acuerda la excarcelación del etarra

El Pleno de la Sala de lo Penal ha acordado modificar la fecha de licenciamiento que había sido fijada para Píriz López, que cumple condena en la cárcel de Algeciras (Cádiz), al considerar la sentencia de Estrasburgo y la intangibilidad de la resolución que acordó su salida de prisión, de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

Piriz López fue condenado en 1985 a 27 años de cárcel por asesinar a un ex militante de ETA que avisó a la policía de un atentado inminente.

El Pleno, formado por 15 de sus 17 magistrados ya que los jueces Guillermo Ruiz Polanco y Carmen Paloma González no han acudido a la reunión por enfermedad, también ha acordado que las peticiones de los 51 etarras que han solicitado salir de la cárcel sean tramitadas por el Supremo y el Constitucional en los casos en los que existan recursos pendientes.

En el resto, ha solicitado informe a la Fiscalía para que en el plazo de tres días informe sobre estas peticiones. Estos recursos serán analizados en sucesivos plenos que se celebrarán todos los viernes a partir del próximo 8 de noviembre.

Las defensas de estos 51 reclusos reclaman su salida inmediata de la cárcel argumentando que ya debería haberse producido si no se les hubiera aplicado la 'doctrina Parot', que establecía que las redenciones de penas por trabajo establecidas en el Código Penal de 1973 debían aplicarse al total de años de condena y no al límite de 30 años de cumplimiento máximo.

En este sentido, esgrimen la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, que declaró el pasado lunes que España debía indemnizar con 30.000 euros a la miembro del 'comando Madrid' Inés del Río por aplicarle la 'doctrina Parot' con carácter retroactivo.