El TUE niega a Kerrymaid usar la marca en España por confusión con Kerrygold pese a coexistir en Reino Unido

EUROPA PRESS 20/07/2017 12:55

La sentencia explica que el hecho de que una marca que goza de renombre y un signo coexistan en una parte de la UE, no permite concluir que "exista una justa causa que legitime el uso de ese signo" en otra parte de la UE, en donde "no se da tal coexistencia pacífica".

La raíz de las dos marcas 'Kerry' es un elemento común que hace referencia a un condado irlandés respetado por su ganadería vacuna.

El tribunal con sede en Luxemburgo ha explicado la protección que ofrece la UE a un titular le habilita para que, en la totalidad de la Unión, prohíba a cualquier tercero el uso en el tráfico económico de un signo "idéntico o similar" para productos o servicios idénticos o similares que perjudique o pueda perjudicar la función de indicación de origen de la marca.

Para que el titular de la marca de la Unión pueda invocar ese derecho "no es en absoluto necesario" que el uso del signo idéntico o similar que crea un riesgo de confusión se produzca en el conjunto del territorio de la Unión, añade la sentencia.

El caso se remonta a 2014, cuando Ornua presentó una demanda contra la empresa Tindale por violación de sus marcas al importar y distribuir en España una margarina bajo el distintivo de Kerrymaid.