Las entidades de Chipre que vendan derivados en España realizarán las mismas advertencias que las españolas

EUROPA PRESS 22/05/2017 15:20

De esta forma, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) podrá a partir de ahora actuar en caso de que las entidades de Chipre en régimen de libre prestación de servicios no apliquen las medidas comunicadas por el supervisor en las operaciones con inversores españoles.

En esta circular, la CySEC anima a las entidades financieras del país a adaptar sus procedimientos y sistemas para poder realizar las advertencias y obtener las declaraciones escritas "tan pronto como sea posible" y, en todo caso, en el plazo de un mes desde la publicación de la circular, que tiene fecha del pasado 17 de mayo.

Mediante esta circular, el supervisor chipriota da respuesta a la petición dirigida por parte de la CNMV, que solicitó que las entidades con domicilio en Chipre estuvieran obligadas a realizar a los clientes las mismas advertencias y actuaciones que las españolas en relación la complejidad y los riesgos de estos productos, como avanzó el presidente de la CNMV, Sebastián Albella, durante la presentación del Plan de Actividades de la institución para este año.

Concretamente, la CNMV consideraba que estas advertencias, que incluyen una declaración manuscrita del cliente, son necesarias para asegurar que todos los inversores españoles tienen el mismo nivel de protección y que existe un mismo "campo de juego para todos los participantes en el mercado español", segun detalla el supervisor chipriota en la circular.