El TSJ de Madrid avala las propuestas de Aguirre para Ciudadanía

Cuatro/CNN+ 04/08/2009 17:38

La Sección novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado el recurso promovido por el Ministerio de Educación y Ciencia contra el Decreto 23/2007 de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria (ESO).

El tribunal entiende que este es conforme al ordenamiento jurídico, de manera que avala los contenidos de las asignaturas de Secundaria establecidas por el Ejecutivo regional, entre las que se encuentra Educación para la Ciudadanía.

"Las enseñanzas mínimas que exige el Real Decreto o 1631/2006 en las distintas asignaturas y para los distintos cursos han sido totalmente respetados por el currículo regulado por la Comunidad de Madrid para ESO", indica el escrito del tribunal madrileño.

Las 'soluciones' de Aguirre para EPC

El tribunal avala los contenidos de las asignaturas establecidas por el Ejecutivo regional y también en el caso de Educación para la Ciudadanía. En el caso de Educación para la Ciudadanía, la Comunidad indica que "el TSJM es tajante al afirmar que el respeto a estos principios y valores esenciales no depende de la repetición machacona y pormenorizada en un texto". "Basta con que se recoja como uno de los principales inspiradores del currículo", argumenta.

El Ejecutivo madrileño diseño un currículo para la asignatura que modificaba a la baja el temario para la erradicación de la violencia de género y daba menor peso a algunos asuntos de la asignatura como la igualdad de sexos, el favorecimiento de la convivencia en todos los ámbitos y la resolución pacífica de conflictos. Además, en Madrid podrá aprobarse, en los casos de objeción, EpC a través de un trabajo o de tareas de voluntariado, cuya especificación queda en manos de los centros escolares.

La propia Esperanza Aguirre afirmó en la Asamblea de Madrid que lo que hizo con el currículo fue rebajar todo lo posible "dentro de la Ley" la carga moral que, según dijo, "quería meter el Ministerio de Educación". "Queremos dar solución a la demanda de esos padres que creen que la asignatura es una intromisión del Ministerio en la educación de sus hijos", expuso.

Argumentación

El abogado del Estado defiende que el Decreto regional infringe la jerarquía normativa y la legislación básica del Estado, ya que, las comunidades autónomas "en desarrollo de las enseñanzas mínimas de la ESO, ni pueden modificar, ni reproducir parcialmente la normativa básica que conforma ese tronco común normativo mínimo".

La Sala no sólo rechaza este argumento, sino que además considera que "no es cierto" que el Decreto regional establezca limitaciones a las asignaturas que deben ofrecerse a los alumnos de 4 de ESO, ni que se vulnere el principio de autonomía de los centros docentes.

Por otra parte, asegura que el Decreto regional establece que los centros desarrollarán las medidas organizativas para que los alumnos cuyos padres o tutores no hayan optado por las enseñanzas de religión reciban debida atención educativa de modo que la elección de una u otra opción no suponga discriminación alguna" y niega la discriminación por sexo.