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Medicamentos que no puedes tomar si quieres sacar o renovar el carnet de conducir

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Medicamentos. Pixabay
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Conseguir o renovar el carnet de conducir en España no depende únicamente de superar una prueba psicotécnica o de acreditar una buena visión. Cada vez más, los centros de reconocimiento médico autorizados por la Dirección General de Tráfico (DGT) deben valorar también si el aspirante consume medicamentos que puedan interferir en la capacidad para conducir con seguridad. Y aunque no existe un listado público de fármacos expresamente prohibidos, sí hay grupos farmacológicos bajo vigilancia que pueden limitar, restringir o incluso impedir la aptitud psicofísica necesaria para circular por carretera.

La cuestión no es baladí: según la propia DGT, cerca de un 25% de los medicamentos comercializados en España pueden influir negativamente en la conducción. Ignorar esta realidad puede conllevar no solo una denegación del permiso, sino también sanciones legales o la pérdida de cobertura del seguro en caso de accidente.

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Qué dice la DGT sobre medicamentos y conducción

La DGT, en colaboración con el Ministerio de Sanidad y el Consejo General de Colegios Farmacéuticos, ha publicado varias guías de advertencia dirigidas a la población general, alertando sobre los medicamentos que “pueden afectar a la capacidad de conducción” aunque estén prescritos correctamente. Entre los principales efectos adversos que interfieren con la conducción se encuentran:

  • Somnolencia o sedación.
  • Mareos o sensación de inestabilidad.
  • Visión borrosa o doble.
  • Dificultades para concentrarse o ralentización del tiempo de reacción.
  • Episodios de confusión, desorientación o pérdida de conciencia.
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El documento oficial “Medicamentos y conduccióndetalla recomendaciones generales, pero no establece una lista cerrada, ya que la evaluación depende de múltiples factores: dosis, duración del tratamiento, tolerancia del paciente, combinación con otras sustancias, edad y tipo de licencia solicitada o renovada.

Entre los medicamentos con especial relevancia están:

  • Ansiolíticos y antidepresivos: Los medicamentos empleados para tratar la ansiedad, el estrés y la depresión suelen llevar consigo una serie de efectos secundarios que pueden alterar significativamente la capacidad de atención y los reflejos del conductor. Benzodiacepinas (como Diazepam o Lorazepam) y ciertos inhibidores selectivos de la recaptación de serotonina (como Sertralina) pueden producir somnolencia intensa y reducción de la capacidad de reacción.
  • Antihistamínicos de primera generación: Muchas personas utilizan antihistamínicos para combatir alergias estacionales sin conocer su potencial peligro al volante. Especialmente los de primera generación (Difenhidramina, Clorfenamina) provocan sueño, visión borrosa y lentitud en los reflejos, aumentando considerablemente el riesgo de accidentes.
  • Opiáceos y analgésicos fuertes: Los opiáceos, usados generalmente para dolores crónicos o intensos, incluyen fármacos como la morfina, el tramadol o la oxicodona. Estos medicamentos pueden generar mareos, alteración de la percepción, problemas para mantener la atención y dificultades para reaccionar ante imprevistos, lo que los convierte en especialmente peligrosos para conductores.
  • Medicación para la diabetes (Insulina): La insulina y algunos medicamentos hipoglucemiantes para tratar la diabetes presentan riesgos concretos debido a la posibilidad de producir hipoglucemias graves. Un descenso brusco de azúcar en sangre puede causar mareos, confusión e incluso desmayos, condiciones evidentemente incompatibles con una conducción segura.
  • Fármacos antiepilépticos: Medicamentos como la carbamazepina, la lamotrigina o el ácido valproico también se encuentran bajo estricta vigilancia por parte de la DGT. Aunque el uso controlado de estos medicamentos no implica necesariamente la prohibición total de conducir, su toma requiere una evaluación exhaustiva por parte del médico especialista y del centro de reconocimiento médico que gestione el carnet.

Las consecuencias de no informar correctamente sobre estos medicamentos

La obligación de informar sobre cualquier tratamiento farmacológico que pueda afectar a la conducción no es un mero trámite burocrático. La ocultación o el desconocimiento no eximen al conductor de responsabilidad.

En caso de accidente o control policial, si se detecta que el conductor estaba bajo la influencia de algún medicamento que limite sus capacidades, las consecuencias pueden ser graves, incluyendo sanciones económicas, retirada temporal o definitiva del carnet, e incluso responsabilidades penales si se producen daños personales o materiales.

Además, cabe recordar que la cobertura del seguro podría anularse, dejando al conductor expuesto a serios problemas económicos y legales.

Responsabilidad al volante

La conducción segura no es solo una cuestión de reflejos y habilidad, sino también de responsabilidad frente a la salud personal y colectiva. Conocer qué medicamentos pueden afectar nuestra capacidad de conducción es fundamental para evitar riesgos innecesarios y cumplir con las normativas legales.

En definitiva, respetar estas recomendaciones no solo evita multas o retirada del carnet; en última instancia, contribuye de forma decisiva a reducir la siniestralidad en las carreteras españolas.