¿Me pueden multar por llevar fotocopias de los papeles del coche? Te lo aclaramos

Noticias Cuatro 04/11/2018 17:22

Los documentos que debemos llevar obligatoriamente en nuestro vehículo cuando circulemos con él son: carné de conducir, permiso de circulación, tarjeta de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), la pegatina reglamentaria de la última revisión de la ITV pegada en la luna del coche, último recibo de pago del seguro del vehículo y, solo en casos concretos, permisos especiales.

Fotocopias de los documentos

En cuanto a poder llevar fotocopias de los documentos oficiales en el vehículo, se permite siempre y cuando estas estén compulsadas. Además, es necesario que quien solicite la compulsa, sea una persona u organización, esté claramente identificado.

Para realizar esta compulsa es necesario acudir a los organismos o profesionales competentes, como los notarios, fedatarios, o la Jefatura Central de Tráfico. También te lo pueden realizar en órganos públicos como Ayuntamientos, administraciones autonómicas y fuerzas de seguridad y vigilancia, aunque no están obligados ni especializados como los anteriores.

Multas por no llevar los documentos

Si llevas todos los papeles del coche no debes temer la multa, al igual que si llevas copias compulsadas de los mismos. No llevar estos documentos puede acarrear una sanción económica para el conductor, que varía según dicho documento. La multa menos cuantiosa a la que nos podemos enfrentar es por no llevar el carné de conducir, que es de tan solo 10 euros. Sin embargo, puedes llegar a pagar hasta 900 euros si no tienes carné de conducir por no habértelo sacado aún.