Las empresas del sector servicios con medio millón de pasivos, las que más concursos presentan

EUROPA PRESS 28/06/2017 12:16

El número de empresas concursadas ha disminuido en 2016, así como su tamaño medio en términos de pasivo exigible, que alcanzaba los 600.000 euros el año pasado, y 900.000 euros de media en 2014.

Asimismo, la situación financiero patrimonial en la que se encuentran las sociedades que inician el procedimiento, voluntario en el 94% de los casos, suele estar bastante deteriorada. Más del 70% tiene pérdidas y aproximadamente un 75% necesitaría 25 o más años para atender sus deudas con los recursos que genera, ya que casi el 60% no genera recursos positivos.

De estas empresas, tan solo un 13,1% tendría capacidad financiera suficiente como para cumplir un convenio aprobado dentro de los límites marcados por la Ley concursal, es decir, la quita del 50% y la espera de 5 años en términos generales.

El informe recalca que las sociedades del ciclo de la construcción han pasado a representar menos de un tercio de la muestra total (30,1%), perteneciendo al sector de servicios no inmobiliarios el 56,6% de las concursadas.

REASIGNACIÓN DE RECURSOS Y RECUPERACIÓN DEL CRÉDITO

En el 93,9% de los casos, una vez superado la fase común del procedimiento, se procede a la liquidación del concursado. En 2016, en unos 500 casos ha sido simultánea la declaración de concurso y la propia apertura de la liquidación.

Se confirma con este informe que las sociedades que inician la fase de convenio, así como las que finalmente logran el acuerdo en 2016, exhiben mayor edad, y que son patrimonialmente más grandes, a la vez que reflejan mayores cifras de negocio. Además del tamaño, la pertenencia a la industria parece aumentar la probabilidad de alcanzar un convenio.

En relación a las expectativas de cobro de los acreedores ordinarios, la mediana ha sido del 46,2% del pasivo en 2016, pudiendo devolver el 90,5% de la deuda en un 5% de los casos (las sociedades que se encuentran en mejor situación financiera), y tan solo un 18% de devolución en el 5% opuesto de sociedades.

En un 7% de los casos se ofreció a los acreedores la posibilidad de participar del riesgo del capital, por medio de préstamos participativos, o directamente a través de la conversión de deuda en capital.

DURACIÓN DEL CONCURSO

Diferenciando por tipo de tramitación, en los concursos abreviados la fase sucesiva (liquidación o convenio) se inicia en menos de un año en el 57,6% de los casos, mientras que en los ordinarios es un 53,1% el que supera ese año. Independientemente de la tramitación, el procedimiento es más rápido en el caso de los concursos solicitados por los acreedores.

En 2016 se ha estimado que el concurso típico abreviado tarda 1.000 días en concluir, tomando 1.165 días los concursos ordinarios. Uno de cada cuatro concursos abreviados finaliza en menos de un año. En el caso de los ordinarios, uno de cada cuatro concluye en 2 años y medio.

Los registradores han constatado que en los concursos abreviados (88,3% de los casos) que el pasivo exigible por sociedad tiene una importante influencia en su duración: 580.000 euros en el grupo de menor duración (igual o por debajo de 162 días) frente a los más de 1,2 millones de euros registrados en el extremo opuesto (el grupo de más de 583 días).

CICLO DE LA CONSTRUCCIÓN

El ciclo de la construcción representó el 30,1% de la muestra de empresas concursadas, cifra inferior a las de los años anteriores (32,8% en 2015; 35% en 2014; 41,1% en 2013). Sin embargo, del total de pasivos afectados en 2016 (7.900 millones de euros) la construcción vuelve a marcar un nuevo máximo, con el 58% del total.

De nuevo en 2016 las sociedades que desarrollan actividades inmobiliarias son las que presentan peor imagen; sólo un 4,9% tendría capacidad para devolver sus deudas en 10 años o menos y un 43,7% presenta fondos propios negativos.

ACUERDOS EXTRAJUDICIALES DE PAGO

Hasta la fecha de cierre del anuario de 2016, se registraron 17 solicitudes de Acuerdos Extrajudiciales de Pago realizadas por personas jurídicas. Esta cifra es reducida si se tienen en cuenta los 1.001 nuevos expedientes que afectaron a 1.310 personas físicas a lo largo de ese mismo año.

Las personas jurídicas solicitantes del Acuerdo Extrajudicial de Pagos ofrecieron una imagen financiera peor a las concursadas, ya que el 75% registran pérdidas, el 40% poseen fondos propios negativos, y el 78,6% no podrían reducir su deuda en ningún caso.

En este sentido, los registradores concluyen que el Acuerdo Extrajudicial de Pago, en lo que se refiere a sociedades mercantiles, se configura más como medio para retrasar el inicio del concurso que como mecanismo alternativo al mismo.