23 trabajadores condenados a dos años de cárcel por el caso de El Prat

CNN+/Cuatro 29/03/2010 18:48

La sección número 21 de la Audiencia de Barcelona ha condenado a dos años de prisión a 23 de los 27 trabajadores de Iberia que fueron juzgados el pasado febrero por la invasión de las pistas del aeropuerto de El Prat en julio de 2006, por lo que no deberán entrar en la cárcel.

En la sentencia, también se absuelve a otros cuatro imputados por estos mismos hechos, entre los que se encuentran dos representantes sindicales, y para los que la fiscal solicitaba cuatro años de prisión.

Sin pruebas de las acusaciones

El tribunal considera que durante el juicio no se ha demostrado la veracidad de las acusaciones con relación a los acusados y representantes de UGT de Cataluña Omar Minguillón y José Luis Gallardo, a los que se acusaba de liderar las acciones reivindicativas de los trabajadores de Iberia, que afectaron a unas 100.000 personas y a unos 600 vuelos.

Varios testigos, entre los que se encontraban el director del aeropuerto de Barcelona, Fernando Echegaray, y miembros del comité de empresa de la compañía aeronáutica han manifestado que Omar Minguillón, máximo responsable de la sección sindical de UGT de Cataluña en Iberia en aquellos momentos, estuvo todo el día intentado solucionar la ocupación de las pistas.

También ha declarado en este sentido el secretario general de UGT de Cataluña, Josep Maria Álvarez, quien ha asegurado que estuvo en continuo contacto el día de los hechos con Minguillón, transmitiéndole la necesidad de solucionar el conflicto.

La única prueba de cargo contra Minguillón ha sido el testimonio de un capitán de la Guardia Civil, que le vio en las pistas con otros trabajadores, y a quien dijo: "capitán, estamos todos en la calle, no nos movemos".

Respecto a José Luis Gallardo, el tribunal considera que no se ha practicado "una sola prueba que permita mínimamente atribuirle acción de liderazgo alguno" y, al contrario, fue empujado y tirado al suelo por los trabajadores cuando se interpuso para evitar que accedieran a las pistas, mientras los otros dos absueltos lo son por no haber sido suficientemente identificados.

Condenados por un delito de desorden público

Los otros 23 trabajadores han sido condenados a dos años de prisión por un delito de desórdenes públicos, al constatar el tribunal, a la vista de unos vídeos que se presentaron como pruebas, que estuvieron en las pistas el día de autos, bien por la mañana o por la tarde. No obstante, estos trabajadores podrán evitar ingresar en prisión a menos que tengan antecedentes penales computables.