El 48% de las empresas españolas prohíbe a sus empleados el uso de las redes sociales

Cuatro/agencias 29/11/2012 15:14

El mundo de las redes sociales está muy presente en los quehaceres diarios de todos los españoles. La oferta se amplia cada vez más con plataformas sociales como Facebook, Linkedin, Twitter, Pinterest, Instagram.

El bloqueo de redes sociales por parte de las empresas pueden surgir por miedo a la falta de seguridad si los empleados utilizan las redes sociales desde los dispositivos de la empresa (ordenador, smartphone); y en segundo lugar, por el temor a que la productividad del empleado se vea reducida.

El 31,8 por ciento de las empresas españolas encuestadas consideran las redes sociales como una de las mayores amenazas informáticas, según datos del estudio de Kaspersky Lab realizado por B2B Internacional en julio de 2012.

LAS REDES PROFESIONALES, MENOS BLOQUEADAS

Pese a que el 48 por ciento de las empresas bloquean plataformas como Facebook o Twitter, cuando se trata de redes corporativas (Linkedin, Plaxo o Viadeo) el dato se ve reducido al 28 por ciento.

En el ranking de restricciones, la prohibición de las redes sociales en la empresa ocupa el tercer lugar. Los juegos online ocupan el primer puesto (63 por ciento) seguido de las redes de intercambio de archivos (62 por ciento).

En contraposición al temor de que la productividad de los trabajadores se ve mermada por la utilización de las redes, un estudio de la Universidad de Melbourne ha afirmado que los empleados que las utilizan vieron aumentada su productividad en un 9 por ciento. Además, no solo mejora el rendimiento de la plantilla, sino también la reputación digital de la marca.

La cara b de la moneda, de esta tendencia, también puede ser preocupante ya que esta actividad puede atraer el espionaje corporativo o generar lagunas en la red de seguridad de la compañía.

Por ello, para proteger la empresa correctamente, Kaspersky insta a las compañías a poseer una infraestructura de seguridad adecuada y actualizada. De esta forma, el acceso de los trabajadores a sus perfiles sociales no podrán suponer un problema para la información corporativa y datos confidenciales.