El SUP denuncia que el Madrid Arena "carecía de licencia de funcionamiento"

Noticias Cuatro 03/11/2012 18:25

El secretario general de este sindicato policial, José Manuel Sánchez Fornet, ha asegurado que "ese recinto no puede estar abierto en esas condiciones porque no cumple ni la Ley del Deporte de 1990 en cuanto a planes de evacuación y emergencia, ni la Ley de espectáculos deportivos de la Comunidad de Madrid de 1997".

"Entendemos que no cumple con los requisitos para estar abierto ni los ha cumplido nunca", añade Fornet, quien acusa al Ayuntamiento de Madrid de hacer una "interpretación torticera" de las leyes, por que, según dice el SUP, el Consistorio apeló a la ley de Suelo de 2008 para justificar que un edificio municipal no precisa de licencia de funcionamiento. "Sería curioso que un pabellón que funciona desde 2001 hubiera sido legalizado en 2008", responden desde el sindicato.

El origen de esta iniciativa del SUP es un acta policial elaborada en diciembre de 2006, en la que se advertía que el citado pabellón -inaugurado en 2001- "carecía de licencia de funcionamiento".

Contenido de Acta

El citado escrito está firmado por el funcionario de Policía designado en ese entonces como coordinador de seguridad para la temporada 2006-2007 de Liga ACB de Baloncesto en el equipo MMT Estudiantes, que entonces disputaba sus partidos como local en el Madrid Arena.

Según relata el acta, con motivo del partido que enfrentaba al 'Estudiantes' contra el 'Akasvayu' el 2 de diciembre de 2006, este coordinador se interesó por conocer las medidas de seguridad que debía adoptar el recinto por lo que solicitó su licencia de funcionamiento a la entonces responsable de 'Madrid Espacios y Congresos', el organismo municipal que gestiona el pabellón .

El acta explica que esta responsable le manifestó que "no podía mostrarla puesto que en ese momento el pabellón 'Telefónica Madrid Arena' carecía de licencia de funcionamiento". Este funcionario de policía incluyó en su escrito que la ausencia de esta licencia podría constituir una infracción de la Ley del Deporte y una "infracción muy grave" de la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid, "siendo los órganos de esta última los competentes para el enjuiciamiento, instrucción y resolución de estas infracciones". El policía afirma que trasladó estas conclusiones a "los citados órganos" a efectos de que se iniciase el "procedimiento".

Por último el acta argumentaba que no se hubiese solicitado antes la licencia de funcionamiento porque "el pabellón lleva funcionando más de cuatro años y en el mismo se habían celebrado multitud de espectáculos musicales, deportivos (destacar las competiciones internacionales "Master de Tenis" con periodicidad anual), exposiciones, exhibiciones artísticas y culturales con lo que resultaba impensable que estas actividades se estuvieran efectuando sin licencia municipal de funcionamiento".

"Máxime cuando la propiedad, construcción, mantenimiento y explotación corresponde a una empresa de la misma Institución que otorga las licencias y el ejercicio de las funciones inspectoras de las mismas, es decir, el Ayuntamiento de Madrid", sentenciaba el acto que el lunes será entregado al juez.