Un parado de ideología anticapitalista podrá cobrar la ayuda en metálico

Cuatro 08/10/2013 18:57

El Servicio Público de Empleo Estatal denegó su solicitud de cobro en metálico, basándose en que el artículo 228.2 de la Ley General de la Seguridad Social, que lo obligaba a abrir una cuenta bancaria, según ha publicado el periódico Expansión, en su versión digital.

El demandante consideró que se vulneraban sus derechos a la libertad ideológica, objeción de conciencia y discriminatorio.

El Juzgado de lo Social desestimó su pretensión, pero ahora el TSJC ha considerado que "no puede exigirse al ciudadano que concierte una cuenta corriente con el gasto que ello conlleva".

Además, porque "no puede exigírsele (al ciudadano) que concierte un contrato oneroso, como es un contrato bancario de cuenta corriente que devenga comisiones, en contra de su voluntad".

De acuerdo con la sentencia, el desempleado podrá recibir la prestación en ventanilla sin necesidad de abrir una cuenta bancaria.