La AN anula el cambio de horarios en una teleoperadora porque no tuvo en cuenta la conciliación de sus trabajadores

EUROPA PRESS 16/02/2017 18:20

Según recoge la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, fechada este lunes, 13 de febrero, ante la que cabe recurso de casación, la empresa "no solo ha vulnerado el derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo" sino también "el derecho a la libertad sindical de los sindicatos demandantes en su vertiente funcional a la negociación colectiva", algo que contribuye a la decisión de anular la modificación de horarios llevada a cabo por la compañía.

"La empresa no negoció de buena fe en esta materia, puesto que obstruyó claramente y sin justificación alguna, que se precisara claramente las razones concretas, por las que se pretendía aplicar la medida a trabajadoras con jornada reducida por guarda legal o violencia de género, negándose, así mismo, a negociar la reducción de sus efectos, así como a mejorar las condiciones de las trabajadoras afectadas, siendo llamativo que en ningún momento de la negociación aclarara cual era su intención para estas trabajadoras", indica el texto.

El sindicato CSIF, que formaba parte de la acusación que reclamaba la nulidad de los cambios de horario, ha valorado el fallo de la AN como "ejemplar" y "de significativo valor social". "Aunque no estaba obligado a hacerlo puesto que ya había decidido la nulidad por causas formales, el ponente de la sentencia, Ricardo Bodas Martín, apercibe a Atento por actuar de mala fe en la negociación de la jornada reducida de sus empleadas", aprecian desde el sindicato de funcionarios.

Además, manifiesta que la sentencia "señala que la negociación colectiva tiene en su mano la posibilidad de introducir "criterios para la concreción horaria de la reducción de jornada" para atender tanto a los derechos de conciliación de la vida personal y laboral como a las necesidades de las empresas.