La minoría dice que el veto a Bildu es constitucionalmente "insostenible"

CUATRO 02/05/2011 10:21

Así se pronuncian en su voto particular, en el que no ahorran críticas a las demandas interpuestas por la Fiscalía y el Gobierno ni a los informes de la Policía y de la Guardia Civil en los que se basaron éstas, los magistrados Manuel Alarcón, Juan Antonio Xiol, Gonzalo Moliner, José Luis Calvo Cabello, Alberto Jorge Barreiro y Rafael Gimeno-Bayón.

Los jueces discrepantes, que ya se pronunciaron a favor de que Sortu concurriera a las elecciones, advierten de que ahora "se va a privar de ese derecho a dos partidos políticos de larga trayectoria democrática y siempre opuestos a la violencia de ETA, como son Eusko Alkartasuna (EA) y Alternatiba", que integran Bildu junto a candidatos independientes procedentes de la izquierda abertzale.

La consecuencia de la decisión adoptada por el Supremo "es insostenible en términos constitucionales y legales, máxime cuando (...) EA siempre puso como condición sine qua non para la alianza electoral con la izquierda abertzale que ésta rechazase la violencia y el terrorismo".

"Solamente cuando ha comprobado -a su juicio, fehacientemente, y no parece lógico pensar que EA carece de información solvente al respecto- el cumplimiento auténtico y no ficticio o fraudulento de esa condición, ha dado luz verde al proyecto Bildu", añaden.

Y es que los seis magistrados atribuyen a EA, y no a ETA, la "paternidad" de la idea de crear un llamado "polo soberanista", recordando que ya en 2003, cinco años antes de que la banda la reflejara en algunos de sus documentos, su entonces portavoz parlamentario, Rafael Larreina, ofreció al dirigente de Batasuna Arnaldo Otegi compartir listas si rechazaba la violencia.

La minoría rechaza de este modo la teoría de los demandantes de que ETA "diseñó, como una especie de deus ex machina, todo el proceso que ha llevado finalmente a la constitución de Bildu, siendo obedecida no solamente por la izquierda abertzale, sino también por EA y Alternatiba".

Esa teoría, basada en documentos "de diversas fechas y variadas autorías (aunque alguno no tiene ni fecha ni autor) y también de variado origen", nace "de una determinada interpretación de dichos documentos que se hace guiada por el manifiesto objetivo de demostrar la hipótesis de trabajo adoptada a priori".

Los magistrados subrayan que la propia Fiscalía ha admitido que las candidaturas de Bildu "son impolutas" y afirman que, en cualquier caso, "con la doctrina constitucional en la mano, la ilegalización de un partido político no conlleva la privación de los derechos de participación política de sus miembros".

Entre esos derechos está el de "promover la presencia de candidatos del sector ideológico al que ellos mismos pertenecen -la izquierda abertzale- en las listas de una coalición de partidos -en el caso, EA y Alternatiba- negociando el programa, la composición de las listas, el orden de las mismas, etc.".