¿Cuáles son las principales medidas del Decreto de Emergencia Económica?

Noticias Cuatro/Agencias 15/01/2016 20:31

Como todos los estados de excepción, durante su vigencia "podrán ser restringidas temporalmente las garantías consagradas en la Constitución, salvo las referidas a los derechos a la vida, la prohibición de incomunicación o tortura, el derecho al debido proceso, el derecho a la información y los demás Derechos Humanos intangibles".

La declaratoria estará vigente 60 días --contados a partir de este viernes--, prorrogables por otros tantos. La Asamblea Nacional tendrá que dar su visto bueno en los próximos ocho días y el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) tendrá que "pronunciarse sobre su constitucionalidad".

Este trámite podría dar lugar a una nueva crisis institucional si el Parlamento, ahora controlado por la Mesa de Unidad Democrática (MUD), se niega a aprobar el decreto. La Asamblea Nacional ya ha mantenido un enfrentamiento con el TSJ por la elección de tres diputados opositores.

El Decreto de Emergencia Económica que en principio estará vigente durante dos meses pero puede ser prorrogado otros dos más tienes las siguentes medidas:

1. Disponer de los recursos provenientes de la economía presupuestaria del ejercicio económico financiero 2015 con la finalidad de garantizar la inversión que asegure la continuidad de las misiones sociales, inversión en infraestructura productiva, agrícola e industrial y el abastecimiento oportuno de alimentos y productos esenciales para la vida.

2. Asignar recursos extraordinarios a proyectos previstos o no en la Ley de presupuestos a los órganos y entes de la administración pública para optimizar la antención de los venezolanos en los sectores de salud, educación, alimento y vivienda.

3. Diseñar e implementar medidas especiales de aplicación inmediata para la reducción de la evasión y la alusión fiscal.

4. Dispensar de las modalidades y requisitos propios del régimen de contrataciones publicas a los órganos y entes contratantes en determinados sectores a fin de agilizar las compras del Estado que revistan carácter de urgencia dentro del plazo de vigencia de este decreto.

5. Disponer de los trámites, procedimientos y requisitos para la exportación y nacionalización de mercancía.

6. Implementar medidas especiales para agilizar el tránsito de mercancía por puertos y aeropuertos del país.

7. Dispensar de los trámites cambiarios establecidos por Cencoex y por el Banco Central de Venezuela a órganos y entes del sector público y privado a fin de agilizar y garantizar la importación de bienes o insumos indispensables para el abastecimiento nacional.

8. Requerir a empresas del sector público y privado incrementar sus niveles de producción, así como el abastecimiento de determinados insumos a los centros de producción de alimentos y de bienes esencial para garantizar las satisfacciones de las necesidades básicas de los venezolanos.

9. Adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el acceso oportuno de la población a alimentos, medicinas y demás bienes de primera necesidad.

10. Adoptar las medidas necesarias para estimular la inversión extranjera en beneficio del desarrollo del aparato productivo nacional, así como las exportaciones de rubros no tradicionales como mecanismo para la generación de nuevas fuentes de empleo, divisas e ingresos.

11. Desarrollar, fortalecer y proteger el sistema de grandes misiones y misiones socialistas en aras de propender a la incorporación de pequeños y medianos productores, ya sean comunales, privados, estatales o mixtos.