Ley Mordaza: diez meses de muchas sombras y pocas luces

Enrique Pérez 26/05/2016 09:39

La imagen del bolso de Belén Lobeto corrió como la pólvora a través de las redes sociales. Aunque días después la denuncia fue archivada, su caso ha puesto de manifiesto que la aplicación de Ley Mordaza tiene demasiadas zonas de oscuras. Son ejemplos la multa a la periodistas Mercè Alcocer por saltarse un cordón policial para informar o al también informador, Axier López, por subir imágenes de agentes sin ocultar sus rostros. Pero también sanciones a ciudadanos como en Cádiz por un caso similar o en Salamanca donde un político es investigado por dar versiones de una polémica intervención policial.

Los datos obtenidos por la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información fueron trasladados a los diferentes portavoces parlamentarios el pasado mes de marzo para que “valorasen” el balance de la aplicación de la Ley en sus primeros meses de vigencia.

En su escrito ya advierte que "no resulta aceptable que el Gobierno se convierta en juez y parte cuando está en juego la libertad de información o el derecho a la protesta pacífica". Señala además que estos derechos constitucionales "pueden resultar vulnerados cuando es la propia Administración, muchas veces la misma señalada por estas actuaciones (como cuando se documenta una actuación policial incorrecta), quien decide y sanciona".

En similares términos se ha manifestado desde la tramitación del texto legal, Amnistía Internacional. Expertos de esta ONG han asegurado que la ley "busca la desmovilización ciudadana", especialmente en lo relativo a la manifestación, pero también en el derecho a la información, con la posibilidad de sancionar a quien grabe y difunda imágenes que "pongan en peligro el éxito de una operación policial". "Está buscando la autocensura", aseguran.

Sobre la ampliación de poderes de la policía, cuyos agentes tienen presunción de veracidad a la hora de determinar las sanciones, o la creación del Registro Central de Infractores, denuncian que lo que busca la Ley es "desmovilizar a los activistas" por el peso de figurar allí inscritos como reincidentes de cara a futuras sanciones.

Un "avance" según el PP

Pese al rechazo social, la polémica norma solo contó con el respaldo del Partido Popular. Conrado Escobar, el que fuera su portavoz de Interior en el Congreso durante la tramitación de la ley argumentaba que la norma era "un avance para la convivencia" y añadía que suponía "el mejor compromiso con las libertades y derechos de todos los españoles". El político popular se mostraba contundente asimismo al afirmar que la nueva ley constituía "un claro refuerzo a nuestra Democracia".

Los otros protagonistas, los agentes policiales, piden cambios en la norma para “garantizar la seguridad de los ciudadanos” aunque no reclaman su “derogación”. Ramón Cosío, portavoz del Sindicato Unificado de la Policía (SUP), critica la Ley Mordaza porque fue elaborada sin “consenso” con el resto de fuerzas políticas ni sindicatos del cuerpo. Cree que no han sido suficientemente formados y que “hay muchas cosas sin concretar y que quedan a criterio del propio agente”.

Por ello, reclaman cambios en el texto concretando las obligaciones y deberes de todos para que agentes y ciudadanos sepan “hasta dónde llega la libertad y hasta dónde los derechos” de cada uno.

La Ley ha sido duramente criticada en la mayor parte de los ámbitos sociales. Durante su trámite parlamentario solo fue aprobada por los votos a favor del PP y con toda la oposición en contra que ya ha avisado que la derogará nada más llegar al poder.

Polémicos artículos

Entre sus artículos más polémicos está el 16 que faculta a los agentes a pedir la identificación a cualquier ciudadano ante cualquier indicio o para prevenir la comisión de una infracción.

La redacción del artículo 36 incluye también dos polémicos puntos por los que los agentes podrán actuar en el caso de “perturbar la seguridad ciudadana” en los alrededores del Congreso y el Senado. Así como la sanciones por difundir imágenes o datos personales de los agentes, algo que sí pueden hacer ellos sin ningún condicionante pero vetado a los ciudadanos.

Algo similar ocurre con las “faltas de respeto y consideración” a los agentes que la ley no define y que quedan a la libre interpretación de los policías que, como fija el artículo 52, se constituyen en juez y parte al fijarse el “valor probatorio de las declaraciones de los agentes de la autoridad”.

Aunque con caducidad, el Registro Central de Infracciones es otro de los puntos polémicos de la Ley que supondría la estigmatización de las personas incluidas en él.