Imbroda: "No voy a dimitir, no tengo ningún tinglao raro"

Noticias Cuatro / Agencias 11/03/2015 14:16

Imbroda ha atendido a los medios de comunicación al término de su declaración en el Supremo, que se ha extendido durante casi hora y media. La citación se produjo sin necesidad de cursar antes suplicatorio porque fue solicitada por el dirigente popular.

El alto tribunal abrió causa contra Imbroda el pasado 12 de febrero tras estudiar la exposición razonada remitida por titular del juzgado de Instrucción número 2 de Melilla, Emilio Lamo Espinosa, quien ve indicios de un delito de prevaricación continuada, malversación de caudales públicos y fraude en la contratación efectuada por el Gobierno local. La Fiscalía sólo ve claro el primero de ellos.

En su exposición razonada, el juez territorial señalaba que existen "indicios suficientes y concretos" de que el letrado Juan Jesús O.A. Fue designado de manera directa por el presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla para la dirección técnica de diversos procedimientos correspondientes a despidos derivados de Cooperativas de Trabajo.

CONTRATO SIN REQUISITOS

Según la investigación del juez instructor de Melilla, la designación del abogado se habría realizado por medio del otorgamiento de un poder notarial en abril de 2001 "sin observar ninguno de los requisitos" exigidos en la normativa aplicable a este tipo de contrataciones.

Respecto a otras personas investigadas en Melilla y que no son aforadas, el Supremo ya señaló el pasado día 12 que éstas sólo serán llamadas por el alto tribunal si se apreciara una "conexión material imprescindible" con Imbroda, lo que a juicio de la Sala no ocurre, de momento, en este caso. Por ello, de momento, seguirán en la causa del Juzgado número 2 de Instrucción de la ciudad autónoma.

La Fiscalía informó favorablemente a la apertura de este procedimiento contra Imbroda el pasado mes de octubre, ya que el alto tribunal es competente para investigar esta causa por la condición de aforado del senador y por entender que hay indicios "suficientes" para el esclarecimiento de unos hechos que presentan "apariencia delictiva", constitutivas de "al menos" un delito de prevaricación, "sin descartar obviamente la existencia de otras infracciones penales".