Los cargos públicos no podrán aceptar regalos que superen usos habituales

Noticias Cuatro/Agencias 10/12/2013 16:53

Según figura en el preámbulo de la ley, su objetivo es que los ciudadanos "cuenten con servidores públicos que ajusten sus actuaciones a los principios de eficacia, austeridad, imparcialidad y, sobre todo, de responsabilidad".

Esta norma, que el Congreso aprobó definitivamente el pasado 28 de noviembre con el apoyo del PP y los nacionalistas de CiU y PNV, cuenta con moratorias para su entrada en vigor. Así, la parte relativa al buen gobierno entrará en vigor mañana mismo, pero la parte referente a transparencia y acceso a la información pública, pospone un año su entrará en vigor.

Igualmente, los órganos de las comunidades autónomas y entidades Locales dispondrán de un plazo máximo de dos años para adaptarse a las obligaciones contenidas en esta ley, que durante la tramitación parlamentaria ha ampliado su ámbito de ampliación a partidos políticos, sindicatos y organizaciones empresariales.

Además, señala que el Consejo de Ministros aprobará, en el plazo de tres meses, un Real Decreto por el que se apruebe el Estatuto orgánico del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, que se encargará de "promover la transparencia de la actividad pública, velar por el cumplimiento de las obligaciones de publicidad, salvaguardar el ejercicio de derecho de acceso a la información pública y garantizar la observancia de las disposiciones de buen gobierno".

Buen gobierno, en vigor desde este miércoles

La parte relativa al buen gobierno entra en vigor mañana mismo, una vez que este martes se ha publicado la norma en el BOE. Así, recoge una serie de principios generales y de actuación, entre ellos, desempeñar sus funciones con transparencia, no valerse de su posición en la Administración para "obtener ventajas personales o materiales" o gestionar "adecuadamente" los recursos públicos.

Otro de los principios es el de que no aceptarán "para sí regalos que superen los usos habituales, sociales o de cortesía, ni favores o servicios en condiciones ventajosas que puedan condicionar el desarrollo de sus funciones". "En el caso de obsequios de una mayor relevancia institucional --prosigue el texto-- se procederá a su incorporación al patrimonio de la Administración Publica correspondiente".

En ese capítulo la norma consagra un régimen sancionador estructurado en tres ámbitos: infracciones en materia de conflicto de intereses, en materia de gestión económico-presupuestaria y en el ámbito disciplinario.

Además, se incorporan infracciones derivadas del incumplimiento de la Ley de Estabilidad Presupuestaria. Por ejemplo, se impondrán sanciones a quienes comprometan gastos, liquiden obligaciones y ordenen pagos sin crédito suficiente para realizarlos, o no justifiquen la inversión de los fondos. Se trata, añade el texto, de un "mecanismo de control fundamental que evitará comportamientos irresponsables y que resultan inaceptables en un Estado de Derecho".

La comisión de las infracciones previstas dará lugar a la imposición de sanciones como la destitución en los cargos públicos que ocupe el infractor, la no percepción de pensiones indemnizatorias, la obligación de restituir las cantidades indebidamente percibidas y la obligación de indemnizar a la Hacienda Pública. Además, se establece la previsión de que los autores de infracciones muy graves no puedan ser nombrados para ocupar determinados cargos públicos durante un periodo de entre 5 y 10 años.